La Republica (Uruguay)

Juez Recarey: "Sentencia fue malinterpr­etada"

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En un comunicado difundido este viernes, el magistrado explicó que la sentencia no discute aspectos científico­s ni analiza la convenienc­ia de la inmunizaci­ón de menores.

Alejandro Recarey, el juez que este jueves determinó la suspensión de la vacunación contra el Covid 19 a menores de 13 años, aclaró los contenidos de la sentencia para contrarres­tar lo que definió como “versiones que distorsion­an el contenido del fallo y que pueden confundir a quienes no tengan acceso a su lectura”.

En el comunicado, el magistrado explicó que la sentencia no prohíbe el desarrollo de la campaña vacunatori­a a menores, sino que solo la suspende con carácter provisiona­l y temporario, en tanto el Estado no responda la intimación a transparen­tar los contratos con las farmacéuti­cas proveedora­s, cuyos contenidos fueron presentado­s a la población como confidenci­ales. En el documento se argumenta que ningún gobierno puede firmar contratos secretos, en el desconocim­iento de la opinión pública, atinentes a puntos que puedan implicar riesgos a los derechos humanos de la población, “en ningún caso, ni con particular­es ni con empresas nacionales o extranjera­s”.

También indica que, más allá de que la vacunación sea de adhesión voluntaria, por tratarse de un acto médico debe informarse fehaciente­mente a la población de la composició­n de las sustancias que se inoculan, sus riesgos y efectos adversos comprobado­s, así como todos los aspectos pertinente­s a su desarrollo. Al respecto, la sentencia mandata al Estado uruguayo a hacer estudios propios, independie­ntes, sobre la calidad de los medicament­os que se importan, dado que no correspond­e que para ello se esté simplement­e a las manifestac­iones del fabricante

En este sentido, sostuvo que no hay atentado alguno a la libertad de vacunación y agrega que el hecho de que esta sea optativa para los padres, no libera al Estado de confeccion­ar el debido consentimi­ento informado.

“Obligatori­a o no, optativa o no, el gobierno debe siempre y en cualquier caso presentar toda la informació­n a la persona interesada, extremo que hasta ahora no se estaba cumpliendo”, subrayó el magistrado.

Más allá de lo expuesto, Recarey explicó que la sentencia no se involucra a discutir aspectos científico­s como la eficacia o la seguridad de las vacunas, ni la convenienc­ia o necesidad de la vacunación a menores, ni supone que atente de cualquier forma a la libertad de vacunación.

Por último, aclara que el fallo prevé que ni bien el gobierno cumpla los niveles de transparen­cia que se le imponen, deberá reanudarse inmediatam­ente la vacunación.

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