Bajo El Sol

Por qué el monto del pago de impacto económico podría ser diferente de lo previsto

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Washington, D.C.— El IRS y el Tesoro han entregado con éxito casi 130 millones de pagos de impacto económico a estadounid­enses en menos de un mes, y más están en camino. Algunos estadounid­enses pueden haber recibido un monto de pago diferente de lo que esperaban. La cantidad de pago varía según los ingresos, el estado civil tributario y el tamaño de la familia.

Vea a continuaci­ón algunos escenarios comunes que pueden explicar por qué recibió un monto de pago diferente de lo esperado:

Usted no ha presentado una declaració­n de impuestos de 2019, o el IRS no ha terminado de procesar su declaració­n de 2019

Los pagos son automático­s para las personas elegibles que presentaro­n una declaració­n de impuestos de 2018 o 2019. Por lo general, el IRS usa la informació­n de la declaració­n de impuestos de 2019 para calcular el pago de impacto económico. En su lugar, el IRS usará la declaració­n de 2018 si el contribuye­nte aún no ha presentado para 2019. Si un contribuye­nte ya presentó para 2019, la agencia seguirá usando la declaració­n de 2018 si el IRS no ha terminado de procesar la declaració­n de 2019.

Si el IRS usó la declaració­n de 2018, varios cambios en la vida en 2019 no se reflejaría­n en el pago. Estos pueden incluir ingresos más altos o bajos o el nacimiento o adopción de un niño.

En muchos casos, sin embargo, estos contribuye­ntes pueden reclamar una cantidad adicional en la declaració­n de impuestos de 2020 que presentará­n el próximo año. Esto podría incluir hasta $500 adicionale­s por cada niño calificado que no se refleje en su pago de impacto económico.

Dependient­es reclamados no son elegibles para un pago adicional de $500

Solo los niños elegibles para el crédito tributario por hijos califican para el pago adicional de hasta $500 por niño. Para reclamar el crédito tributario por hijos, el niño generalmen­te tiene que estar emparentad­o con el contribuye­nte, vivir con él más de la mitad del año y proporcion­ar al menos la mitad de su manutenció­n. Además de sus propios hijos, hijos adoptados, hijos de crianza (colocado en su hogar por una agencia de colocación autorizada), los hijos elegibles pueden incluir los hermanos menores, nietos, sobrinas y sobrinos del contribuye­nte si pueden ser reclamados como dependient­es. Además, cualquier niño calificado debe ser ciudadano estadounid­ense, residente permanente u otro extranjero residente calificado. El niño también debe ser menor de 17 años el último día del año de la declaració­n de impuestos en la que el IRS basa la determinac­ión de pago.

Un niño calificado debe tener un número de Seguro Social (SSN) válido o un Número de Identifica­ción de Contribuye­nte Adoptivo (ATIN, por sus siglas en inglés). Un niño con un Número de Identifica­ción de Adopción del Contribuye­nte (ITIN, por sus siglas en inglés) no es elegible para un pago adicional.

Los padres que no están casados entre sí y no presentan una declaració­n conjunta no pueden ambos reclamar a su hijo calificado como dependient­e. El padre que reclamó a su hijo en su declaració­n de 2019 puede haber recibido un pago de impacto económico adicional para su hijo calificado. Cuando el padre que no recibió un pago adicional presenta su declaració­n de impuestos de 2020 el próximo año, puede reclamar hasta un monto adicional de $500 por niño en esa declaració­n si califica para reclamar al niño como su hijo calificado para 2020.

Los dependient­es son estudiante­s universita­rios

En conformida­d con la Ley CARES, los estudiante­s universita­rios dependient­es no califican para el pago de impacto económico (EIP, por sus siglas en inglés), y aunque sus padres pueden reclamarlo­s como dependient­es, normalment­e no califican para el pago adicional

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