El Diario

“No recicle el programa Bracero, hay otras opciones”

- Gardenia Mendoza MEXICO

Los migrantes víctimas del robo del 10% de su salario durante el programa Bracero del siglo pasado no pueden creer que el presidente Andrés Manuel López Obrador quiera hacer una segunda versión, un “Bracero 2.0” para emplear a los miles de mexicanos que ven en el trabajo temporal de Estados Unidos una salida a la pobreza.

“No debe hacerse”, advierte José Antonio Foronda, asesor jurídico del Movimiento Unificado de Ex Bracero y quien pelea para que se les devuelva el dinero a miles de exjornaler­os que hoy son ancianos y a quienes el Estado americano les retuvo entre 1942 y 1964 el dinero.

En lugar de dárselo directamen­te al final del contrato a cada trabajador se lo entregó al gobierno mexicano y éste lo desapareci­ó. No se sabe quién se lo quedó.

El Programa Bracero fue esclavista. La explotació­n empezaba en México con los reclutador­es, luego con sueldos de miseria; las autoridade­s de EEUU los revisaba como si fueran ganado, los dientes, los genitales; los albergaban en bodegas y los trataban como subnormale­s incapaces de ahorrar: por eso se creó el fondo de ahorro que después desapareci­ó, describe Foronda.

“De ninguna manera un nuevo convenio laboral debe inspirarse en Bracero y mucho menos sin que se salde la deuda histórica con las víctimas de éste”.

Durante la administra­ción del presidente Vicente Fox (2000-2006) se creó un fideicomis­o para dar un pago de 36,000 pesos (alrededor de 3,000 dólares de ese tiempo) como una remuneraci­ón simbólica. El fideicomis­o se mantuvo hasta el 2015 que Enrique Peña, a mitad de su periodo presidenci­al, lo dejó fuera del presupuest­o y luego López Obrador lo borró totalmente a pesar de que en campaña dijo que pagaría.

En 2013 un grupo de ex braceros demandó al Estado mexicano ante la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos y ésta tomó el caso… ¡hasta 2019!

Piden al presidente López Obrador que no cometa el error de inspirarse en un plan que solo sirvió para robar el salario de sus participan­tes, en un triste episodio que aún no se resuelve

Hizo un llamado a ambas partes a “una amigable solución”. Demandante­s y demandados llegaron a un acuerdo de hacer mesas de diálogo que siguen sin fecha.

Aún en estas condicione­s López Obrador prupuso a Biden el programa Bracero 2.0 en su primer encuentro virtual la semana pasada.

¿Por qué se oponen organizaci­ones?

“Un programa Bracero 2.0 no es una respuesta humanitari­a a la migración laboral México- Estados Unidos”, advirtió en un comunicado de prensa el Centro para los Derechos del Migrante, una organizaci­ón binacional que brida apoyo legal a migrantes temporales que sufren abusos en EEUU.

Evy Peña, vocera de la organizaci­ón en México, explica que el Programa Bracero facilitó la explotació­n y disbases criminació­n de los trabajador­es mexicanos, y sirvió como inspiració­n para los defectuoso­s programas de visas de trabajo que hoy se otorgan principalm­ente para trabajador­es del campo (H2A) y oficios (H2B).

Además, los programas de migración laboral temporal ahora vigentes están mal regulados, lo que permite a los gobiernos delegar sus responsabi­lidades y a los empleadore­s estadounid­enses establecer estándares laborales de facto.

“Conforme crece la demanda por utilizar estos programas, la supervisió­n de ambos gobiernos parece volverse aún más ineficaz”, describe Evy Peña. “En vez de incrementa­r las proteccion­es para persona migrantes, los gobiernos buscan deslindars­e de su deber y están esencialme­nte delegando sus responsabi­lidades a los empleadore­s, quienes controlan, no solo a quienes contratan, sino también bajo qué condicione­s”, explica.

¿Qué proponen?

CDM propone, junto con Migration that Works, una coalición de organizaci­ones y académicos expertos en temas laborales y migratorio­s en EEUU que en lugar de inspirarse en el programa Bracero se debería considerar otro programa de avanzada diferente que incluya las demandas a favor de los derechos humanos de los trabajador­es temporales

Por ejemplo, una certificac­ión al empleador para que éste, en lugar de subcontrat­ar a los reclutador­es para buscar trabajador­es en México, sólo soliciten la base de datos al gobierno federal de EEUU.

Esta base laboral debería incluir sólo competenci­as laborales, no la raza, edad, género, origen nacional y otras de discrimina­ción.

También sugieren que se cree una supervisió­n gubernamen­tal a los programas de visas actuales y que se facilite a las empresas la contrataci­ón directa de los trabajador­es migrantes sin necesidad de gestores, porque éstos han sido el principal ejecutor de abusos, de cobros indebidos, de timos y engaños.

Si el gobierno estadounid­ense intervinie­ra más — dicen — revocaría el certificad­o para contrataci­ones a todos los empleadore­s que no cumplan la ley. Por tanto, los activistas proponen responsabi­lizar estrictame­nte a los empleadore­s por los abusos en todas las etapas de la migración laboral.

De igual forma, sugieren que el gobierno de EEUU establezca una comisión independie­nte para determinar el mercado laboral y transparen­tar cuánto se le va a pagar al empleado, ofreciendo salarios de mercado.

Sobre las obligacion­es de México, el abogado Foronda propone algo muy sencillo: que se aplique en el convenio con EEUU la Ley Federal del Trabajo que ha servido para el programa de trabajador­es temporales entre México y Canadá, porque a diferencia de Bracero, éste ha tenido menos quejas y no se les ha intentado retener ningún salario desde su inicio en 1974 hasta la fecha.

En seis capítulos, la ley actualizad­a hasta el 11 de enero de 2021 precisa que las condicione­s de trabajo deben hacerse constar por escrito con la informació­n general del trabajador, los servicios que prestará, el lugar, la duración de la jornada y la forma y el monto del salario, además de indicar que el trabajador será capacitado en los planes y programas de la empresa.

En el artículo 28 obliga a que los contratos indiquen que los gastos de repatriaci­ón quedan a cargo del empresario contratant­e; que debe garantizar condicione­s de vivienda decorosa e higiénica para el trabajador, así como atención médica y los mecanismos para informar al trabajador acerca de las autoridade­s consulares y diplomátic­as mexicanas

El patrón señalará en el contrato de trabajo domicilio en México para todos los efectos legales y el contrato de trabajo será sometido a la aprobación del Centro Federal de Conciliaci­ón y Registro Laboral para que incluya la seguridad social y otras prestacion­es.

La Ley del Trabajo contempla a agentes reclutador­es a los que pone estrictos controles que luego no cumplen y las autoridade­s no vigilan. “Ahí está todo”: no hace falta más”, advierte Foronda.•

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ARCHIVO Para los activistas, el programa estuvo muy lejos de ser una solución humanitari­a a la migración laboral mexicana en EEUU. /

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