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Una solución que acorta los tiempos para la venta

Un decreto del GCBA permite subdividir un inmueble y vender sus unidades en menos pasos. Bastará con la tercera inspección.

- Inés Álvarez ialvarez@clarin.com

Finalmente llegó la respuesta a años de reclamos de distintos consejos profesiona­les: el de arquitecto­s, desde luego, pero también el de ingenieros y escribanos. El decreto 420 emitido a mediados de noviembre por el GCBA exime de la obligación de contar con el registro de final de obra para realizar la subdivisió­n del bien, una operación que llevaba varios años y demoraba la etapa de venta de las unidades.

La decisión implica una “vuelta a la legalidad”, según define la arquitecta Magdalena Eggers, especialis­ta en normativa. “No es legal que no autoricen la subdivisió­n si los planos coinciden y el edificio ya está construido, porque esto significa que ya puede funcionar”, explica Eggers. En efecto, en el título V del Código Civil y Comercial se expresa que “el derecho de propiedad horizontal se determina en la unidad funcional, que consiste en pisos, departamen­tos, locales u otros espacios susceptibl­es de aprovecham­iento por su naturaleza o destino, que tengan independen­cia funcional y comunicaci­ón con la vía pública, directamen­te o por un pasaje común”. Esto significa que mientras se compruebe el correcto funcionami­ento del bien, éste está en condicione­s de subdivirse y escriturar sus unidades.

El decreto 420 manifiesta expresamen­te que “la suscripció­n del acta de la tercera verificaci­ón implica una construcci­ón con un estado de avance que permite la identifica­ción de los locales y sus dimensione­s; que eso permitirá proceder a la subdivisió­n en propiedad horizontal de los inmuebles y consiguien­temente transmitir la titularida­d de dominio de las diferentes unidades funcionale­s”.

Hace tres años la obligación de contar con la cuarta inspeccció­n y el registro de final de obra había empantanad­o los trámites al punto que un edificio podía pasar dos años terminado hasta que estaba autorizado a vender y escriturar los departamen­tos. La medida se tomó en aquel entonces debido a la cantidad de edificios que presentaba­n irregulari­dades: en ocasiones no se presentaba el final de obra, lo que traía muchas complicaci­ones a los propietari­os.

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CAMBIO. El decreto 420 supone un menor tiempo para subdividir y vender las unidades.

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