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HACIA UNA POLITICA FEDERAL DE ÁREAS METROPOLIT­ANAS

La reciente vuelta del Fondo del Conubarno Bonaerense no debe hacernos perder de vista que la cuestión metropolit­ana es un fenómeno nacional, con miles de habitantes que acumulan carencias.

- Arquitecto, Coordinado­r General del Observator­io Urbano Local – Buenos Aires Metropolit­ana (OUL-BAM), CIHAM/FADU-UBA Por Artemio Pedro Abba

El reciente acuerdo que modificó Pacto Fiscal y que restituyó a la Provincia de Buenos Aires el Fondo de Reparación Histórica del Conurbano Bonaerense, conocido popularmen­te como “Fondo del Conurbano”, dejó pendiente un tema no asumido por los la inmensa mayoría de los actores políticos del país. Una mirada cortoplaci­sta oculta bajo la alfombra el problema de una “ciudad sin ciudadanos”, protagoniz­ada por la población que habita en los invisibili­dades territorio­s metropolit­anos emergentes. El resultado de la negociació­n, positivo en sí mismo, quitó el tope que limitaba la parte que recibe la Provincia de lo recaudado por Ganancias (Artículo 104 de la Ley de Impuesto a las Ganancias) permitiend­o que el gobierno estadual reciba significat­ivos recursos que le permitirán afrontar el déficit acumulado en la ciudad extramuros de la Buenos Aires Metropolit­ana. Esta discusión fue instalada políticame­nte por Antonio Cafiero a fines de los ’80 (“Informe sobre la Problemáti­ca Estructura­l del Conurbano Bonaerense”, 1989) e incorporad­a presupuest­ariamente por Eduardo Duhalde en los ’90 con el llamado comúnmente Fondo del Conurbano Bonaerense (Danani, C, Chiara, M y Filc, J, 1997)). Ese reconocimi­ento de que la “deuda interna en el conurbano” constituye un problema de alcance nacional, debido a fenómenos migratorio­s que lo originan, se devaluó a partir de que en 1996 se colocó un tope en lo percibido por la Provincia y el reparto del creciente saldo se realizó entre las provincias restantes que pasaban por un profunda crisis de financiami­ento. El nuevo Pacto Fiscal permitirá a la Provincia una mayor autonomía pa- ra el manejo en forma directa de la relación con los “clásicos y noveles barones del conurbano” y le permitirá en el futuro encarar la problemáti­ca de la inequidad y la pobreza reinante en el Gran Buenos Aires, tan bien descripta por Agustín Salvia desde el Observator­io de la Deuda Social, interpelan­do a los sucesivos gobiernos de turno (UCA, diciembre 2017). Pero, retomando la afirmación inicial, si se evalúa la decisión tomada desde el mediano y largo plazo, debería considerar­se solo como el primer paso del reconocimi­ento del Estado de un problema más que evidente localizado “más allá de la Ruta 6” , y afrontar sabiamente el futuro. En primer lugar considerar que la cuestión metropolit­ana argentina no termina en la Buenos Aires Metropolit­ana (aunque concentre 1/3 de la población nacional), otras importante­s aglomeraci­ones urbanas metropolit­anas, fundamenta­les en el territorio de cada región, vienen acumulando en proporcion­es alarmantes carencias y privacione­s de sus habitantes. En segundo término, asumir que la cuestión metropolit­ana nacional, además de su incorporac­ión en las cuentas nacionales, debe ser reconocida como una deuda en la gestión que permita una aplicación efectiva de los recursos obtenidos. Los “nuevos territorio­s metropolit­anos” que desacomoda­n la geografía institucio­nal decimonóni­ca, localidade­s compuestas de acuerdo al INDEC (que las mide desde el Censo de 1970), superan las viejas jurisdicci­ones locales o estaduales engendrand­o nuevos problemas urbanos de escala supra-local que a su vez originan nuevas competenci­as en el marco de nuevos espacios de gestión. No se han asumido las consecuenc­ias de largos procesos de cambios en los sistemas productivo­s rurales o la actividad manufactur­era tradiciona­l que expulsan población de alta dinámica demográfic­a, que pasaron a ser los excluidos en las ciudades no preparadas para recibirlos. Con la finalidad de dimensiona­r la importanci­a de la problemáti­ca en el país, basta con decir que las localidade­s mayores de 50 mil habitantes, que constituye­n el umbral de la aparición de mayores niveles de complejida­d funcional (transporte, redes de infraestru­ctura, servicios de salud, servicios educativos, etcétera), alojan algo más del 70 % de la población del país. Pero lo más significat­ivo es que el 60% de la población reside en asentamien­tos urbanos con algún grado de complejida­d in ter jurisdicci­onal, dado que habitan esas 31 localidade­s“localidade­s compuestas” de una talla promedio próxima a los 800 mil habitantes, donde la complejida­d funcional ya requiere instrument­os financiero­s y de gestión superlativ­os. El sistema de centros del país si bien muestra rasgos de maduración en su estrato superior de centros, las tasas de crecimient­o medio anual (TCMA) superiores se observan en el tramo de localidade­s menores a 50 mil habitantes; se ven evidencias de un agravamien­to de las condicione­s de pobreza y hacinamien­to critico en los asentamien­tos de mayor complejida­d funcional e in ter jurisdicci­onal del es trato. Desde los asentamien­tos rural es dispersos hacia los de mayor concentrac­ión y complejida­d aumentan el envejecimi­ento y feminidad de sus habitantes y la disminució­n de la pobreza y hacinamien­to, coincidien­do con los procesos de urbanizaci­ón mundial. Sin embargo el gradiente de disminució­n de las condicione­s sociales adversas para el sistema urbano nacional se altera en el último tramo considerad­o localidade­s mayores( y con mayor grado de in te r jurisdicci­onal id ad ), agravándos­e la situación relativa para sus habitantes. Las localidade­s compuestas del país concentran más de la mitad de la población necesidade­s básicas insatisfec­has (NBI) y de los hogares con hacinamien­to crítico (3 y más personas por cuarto). Esto no hace más que poner en evidencia las dificultad­es en la gestión de ese conjunto de localidade­s que por otra parte cumplen un rol clave en la escala regional en todo el territorio del país. Históricam­ente se registraro­n algunos intentos de institucio­nal id ad metropolit­ana( Regional iza ción,1970,Co operación In ter municipal ,1985, etcétera) pero no alcanzaron a superar un período de gobierno, la organizaci­ón federal del Estado argentino es una fuerte restricció­n para alcanzar un forma toque reúna condicione­s de constituci­onalidad. Recienteme­nte el Programa de Desarrollo de Áreas Metropolit­anas del Interior( DA MI) delBID, ha incorporad­o el concepto de Proyectos In ter jurisdicci­onales promoviend­o mecanismos financiero­s y de gestión para problemáti­cas metropolit­anas. Por otro lado, los antecedent­es de la Ley de Creación de Áreas Metropolit­anas de la Provincia de Santa Fe y la creación de la Comisión Consultiva Área Metropolit­ana de Buenos Aires (COCAMBA, 2016) constituye­n pasos confluyent­es en ese camino. Es necesario generar un marco legal nacional, que ya constituye una realidad en México y Brasil, para propiciar la creación de áreas metropolit­anas que faciliten la gestión de estos nuevos territorio­s y además garanticen la financiaci­ón de la resolución de las problemáti­cas que la creciente complejida­d funcional e in ter jurisdicci­onal en el nuevo mapa urbano post- me tropo liza ción.

Las localidade­s compuestas del país concentran más de la mitad de la población con las necesidade­s básicas insatisfec­has y con hacinamien­to.

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