HACIA UNA POLITICA FEDERAL DE ÁREAS METROPOLITANAS
La reciente vuelta del Fondo del Conubarno Bonaerense no debe hacernos perder de vista que la cuestión metropolitana es un fenómeno nacional, con miles de habitantes que acumulan carencias.
El reciente acuerdo que modificó Pacto Fiscal y que restituyó a la Provincia de Buenos Aires el Fondo de Reparación Histórica del Conurbano Bonaerense, conocido popularmente como “Fondo del Conurbano”, dejó pendiente un tema no asumido por los la inmensa mayoría de los actores políticos del país. Una mirada cortoplacista oculta bajo la alfombra el problema de una “ciudad sin ciudadanos”, protagonizada por la población que habita en los invisibilidades territorios metropolitanos emergentes. El resultado de la negociación, positivo en sí mismo, quitó el tope que limitaba la parte que recibe la Provincia de lo recaudado por Ganancias (Artículo 104 de la Ley de Impuesto a las Ganancias) permitiendo que el gobierno estadual reciba significativos recursos que le permitirán afrontar el déficit acumulado en la ciudad extramuros de la Buenos Aires Metropolitana. Esta discusión fue instalada políticamente por Antonio Cafiero a fines de los ’80 (“Informe sobre la Problemática Estructural del Conurbano Bonaerense”, 1989) e incorporada presupuestariamente por Eduardo Duhalde en los ’90 con el llamado comúnmente Fondo del Conurbano Bonaerense (Danani, C, Chiara, M y Filc, J, 1997)). Ese reconocimiento de que la “deuda interna en el conurbano” constituye un problema de alcance nacional, debido a fenómenos migratorios que lo originan, se devaluó a partir de que en 1996 se colocó un tope en lo percibido por la Provincia y el reparto del creciente saldo se realizó entre las provincias restantes que pasaban por un profunda crisis de financiamiento. El nuevo Pacto Fiscal permitirá a la Provincia una mayor autonomía pa- ra el manejo en forma directa de la relación con los “clásicos y noveles barones del conurbano” y le permitirá en el futuro encarar la problemática de la inequidad y la pobreza reinante en el Gran Buenos Aires, tan bien descripta por Agustín Salvia desde el Observatorio de la Deuda Social, interpelando a los sucesivos gobiernos de turno (UCA, diciembre 2017). Pero, retomando la afirmación inicial, si se evalúa la decisión tomada desde el mediano y largo plazo, debería considerarse solo como el primer paso del reconocimiento del Estado de un problema más que evidente localizado “más allá de la Ruta 6” , y afrontar sabiamente el futuro. En primer lugar considerar que la cuestión metropolitana argentina no termina en la Buenos Aires Metropolitana (aunque concentre 1/3 de la población nacional), otras importantes aglomeraciones urbanas metropolitanas, fundamentales en el territorio de cada región, vienen acumulando en proporciones alarmantes carencias y privaciones de sus habitantes. En segundo término, asumir que la cuestión metropolitana nacional, además de su incorporación en las cuentas nacionales, debe ser reconocida como una deuda en la gestión que permita una aplicación efectiva de los recursos obtenidos. Los “nuevos territorios metropolitanos” que desacomodan la geografía institucional decimonónica, localidades compuestas de acuerdo al INDEC (que las mide desde el Censo de 1970), superan las viejas jurisdicciones locales o estaduales engendrando nuevos problemas urbanos de escala supra-local que a su vez originan nuevas competencias en el marco de nuevos espacios de gestión. No se han asumido las consecuencias de largos procesos de cambios en los sistemas productivos rurales o la actividad manufacturera tradicional que expulsan población de alta dinámica demográfica, que pasaron a ser los excluidos en las ciudades no preparadas para recibirlos. Con la finalidad de dimensionar la importancia de la problemática en el país, basta con decir que las localidades mayores de 50 mil habitantes, que constituyen el umbral de la aparición de mayores niveles de complejidad funcional (transporte, redes de infraestructura, servicios de salud, servicios educativos, etcétera), alojan algo más del 70 % de la población del país. Pero lo más significativo es que el 60% de la población reside en asentamientos urbanos con algún grado de complejidad in ter jurisdiccional, dado que habitan esas 31 localidades“localidades compuestas” de una talla promedio próxima a los 800 mil habitantes, donde la complejidad funcional ya requiere instrumentos financieros y de gestión superlativos. El sistema de centros del país si bien muestra rasgos de maduración en su estrato superior de centros, las tasas de crecimiento medio anual (TCMA) superiores se observan en el tramo de localidades menores a 50 mil habitantes; se ven evidencias de un agravamiento de las condiciones de pobreza y hacinamiento critico en los asentamientos de mayor complejidad funcional e in ter jurisdiccional del es trato. Desde los asentamientos rural es dispersos hacia los de mayor concentración y complejidad aumentan el envejecimiento y feminidad de sus habitantes y la disminución de la pobreza y hacinamiento, coincidiendo con los procesos de urbanización mundial. Sin embargo el gradiente de disminución de las condiciones sociales adversas para el sistema urbano nacional se altera en el último tramo considerado localidades mayores( y con mayor grado de in te r jurisdiccional id ad ), agravándose la situación relativa para sus habitantes. Las localidades compuestas del país concentran más de la mitad de la población necesidades básicas insatisfechas (NBI) y de los hogares con hacinamiento crítico (3 y más personas por cuarto). Esto no hace más que poner en evidencia las dificultades en la gestión de ese conjunto de localidades que por otra parte cumplen un rol clave en la escala regional en todo el territorio del país. Históricamente se registraron algunos intentos de institucional id ad metropolitana( Regional iza ción,1970,Co operación In ter municipal ,1985, etcétera) pero no alcanzaron a superar un período de gobierno, la organización federal del Estado argentino es una fuerte restricción para alcanzar un forma toque reúna condiciones de constitucionalidad. Recientemente el Programa de Desarrollo de Áreas Metropolitanas del Interior( DA MI) delBID, ha incorporado el concepto de Proyectos In ter jurisdiccionales promoviendo mecanismos financieros y de gestión para problemáticas metropolitanas. Por otro lado, los antecedentes de la Ley de Creación de Áreas Metropolitanas de la Provincia de Santa Fe y la creación de la Comisión Consultiva Área Metropolitana de Buenos Aires (COCAMBA, 2016) constituyen pasos confluyentes en ese camino. Es necesario generar un marco legal nacional, que ya constituye una realidad en México y Brasil, para propiciar la creación de áreas metropolitanas que faciliten la gestión de estos nuevos territorios y además garanticen la financiación de la resolución de las problemáticas que la creciente complejidad funcional e in ter jurisdiccional en el nuevo mapa urbano post- me tropo liza ción.
Las localidades compuestas del país concentran más de la mitad de la población con las necesidades básicas insatisfechas y con hacinamiento.