Recorte. Debate sobre las actividades exclusivas, que acaban de ser reducidas de 20 a 4 por el Min. de Educación.
El Ministerio de Educación redujo de 20 a 4 las “actividades reservadas” de los arquitectos. Desde el ámbito académico aseguran que no afecta a las incumbencias profesionales.
En poco tiempo, el recorte de las “actividades reservadas” estalló en el ámbito profesional y se magnificó en las redes. Nadie parecía tener claro realmente de qué se estaba hablando y el temor a perder trabajo preocupó a todos.
“De 20 actividades reservadas nos quedan 4, las otras no se sabe dónde están por lo que interpretamos que perdemos mucho con esta medida. El texto de la resolución no es claro”, explica Augusto Penedo, presidente del CPAU, en referencia a la incerticon dumbre sobre una eventual afectación de las incumbencias. Y aclara que otras reformas de este tenor, en referencia a la resolución 498/06 “Incumbencias Profesionales”, los colegios profesionales tuvieron participación, algo que no ocurrió en esta oportunidad (ver Alcance...).
Rápidamente, la Federación Argentina de Entidades de Arquitectos envió una carta al Ministro de Educación manifestando su rechazo a la resolución y pidiendo “una inmediata revisión de todos sus términos por considerar que los mismos son atentatorios contra el ejercicio profesional”.
El CPAU también emitió un comunicado rechazando la medida en los mismos términos y pidiendo una reunión con las autoridades nacionales. En su carta al ministerio, el Consejo expresa, entre otras falencias, la omisión de “actividades propias y exclusivas de la Arquitectura”. Tal es el caso de “la planificación urbana, las pericias y las tasaciones de obras de arquitectura, entre otras”.
Ante la polémica, desde el ámbito universitario aclaran que la resolución limita su alcance a la formación profesional y no al ejercicio. Y que se trata de una iniciativa avalada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), que agrupa a todas las universidades del país (públicas y privadas).
El miércoles pasado, el CIN publicó un comunicado aclaratorio: “Es indispensable precisar la información que está circulando y despejar algunos equívocos sobre el objeto y los efectos de dicha resolución, así como acerca del procedimiento que dio lugar a su aprobación”, arranca.
De acuerdo al CIN, la resolución “no recorta los alcances de ningún título ni cercena la habilitación profesional”. En cambio busca “limitar las actividades reservadas a aquellas intervenciones profesionales que comportan riesgo para el bien público”.
Al limitar esas actividades exclusivas, la reforma preserva la atribución de cada universidad de definir el alcance de las titulaciones que emite, excepción a ese subgrupo de actividades reservadas, que debe ser aprobado por resolución ministerial con acuerdo del Consejo Universitario. Esta revisión no afecta las habilitaciones profesionales entanto se mantenga el alcance de los títulos, que es competencia de la universidad que lo emite.
Este punto en particular alimenta las conjeturas y alienta el rechazo de las asociaciones profesionales, ya que las universidades pueden disponer la creación de nuevos títulos específicos para las competencias que no responden a las actividades reservadas, y que otras carreras con injerencias no alcanzadas por el resguardo del “bien público” compartan las tareas no reservadas. En cambio, para el CIN, al defender la situación previa a la resolución “se favorece la imposición de intereses sectoriales y a veces corporativos, que pretenden hegemonizar un campo de desempeño profesional en detrimento de otras titulaciones y carreras que comparten ese campo”.
Guillermo Cabrera, decano de la FADU, expresó: “No corresponde hablar de incumbencias, según se desprende del texto de la propia resolución. Este tema se viene debatiendo en el ámbito académico desde hace tiempo”. El viernes, la FADU comunicó que fortalecerá la asociación estratégica con el CPAU, SCA y FADEA para corregir cualquier discrepancia que pudiera poner en riesgo o reducir los alcances profesionales de los egresados.