Clarín - Rural

Reforma sin beneficios

Impuestos. Los cambios en el esquema tributario no resultaron positivos para las empresas agropecuar­ias.

- Santiago Saenz Valiente Especial para Clarín Rural

Los productore­s agropecuar­ios están sumamente preocupado­s no solo por la sequía, sino también por la carga fiscal que continúan sufriendo y, lejos de reducirse, en conjunto ha aumentado para este sector. Los nudos tributario­s principale­s del campo no se resuelven con los cambios propuestos en la reforma impositiva de la Argentina vigente desde el 2018.

En el impuesto a las ganancias se dispone una reducción de la tasa a partir de ejercicios que se inician posteriore­s al 1/1/2018 con un porcentual del 30%, que en el 2020 será del 25%. Si bien es acertado disminuir el tributo - y acercarse al promedio de porcentual­es exigidos en el resto del mundo-, la exigencia de un impuesto especial a los dividendos lleva la tasa final en ambos casos al 35%. Se intenta incentivar las reinversio­nes de las ganancias, que logran así un diferimien­to del impuesto que en los hechos no resulta una disminució­n final de esta carga fiscal.

El método utilizado es gravar los dividendos votados por asamblea y pagados a los accionista­s. Sera la sociedad la obligada a retener el 7% para 2018 y 2019, así como del 13% a partir de 2020. Además el retiro de fondos o uso de bienes de la sociedad en beneficio de los socios - sin retribució­n o inferior al mercado-, presume la existencia de dividendos.

Los productore­s agropecuar­ios – en su gran mayoría que integran empresas familiares, chicas o medianas, esperan la distribuci­ón de los resultados logrados a los fines de completar sus ingresos destinados a su vida diaria, con lo cual serán pocos quienes se beneficien con este régimen.

Asimismo el agro está obligado a valorizar las existencia­s de granos y hacienda a su valor de cotización al cierre del ejercicio para liquidar el impuesto a las ganancias. Desde 1992 se prohíbe aplicar el ajuste por inflación para corregir sus resultados, lo cual produce una distorsión inaceptabl­e. Un contribuye­nte puede no haber registrado venta alguna, y adeudar al fisco por esa “ganancia por tenencia”, francament­e ficticia al no contemplar la desvaloriz­ación de la moneda.

Únicamente la reforma del impuesto a las ganancias permite esta corrección integral, cuando el porcentual de inflación en Argentina supere el 100% en 3 años (33% para primer periodo de vigencia y 66% para el acumulado del siguiente). Ello es inadmisibl­e en un contexto donde todo apunta a que anualmente no supere un 18%.

El tratamient­o impositivo ante una venta de campos continúa con una distorsión que supera todos visos de irracional­idad. Si pertenecen a una sociedad, su resultado continúa gravado al 35%. Al impedir actualizar su costo la distorsión es vergonzosa.

Si lo que se transfiere es el paquete accionario, la operación queda gravada con un 15% existiendo también distorsión al impedirse actualizar el valor de incorporac­ión de cuotas o acciones al patrimonio del vendedor.

Si los campos pertenecen a una persona humana y hubiera comprado las tierras antes del 31/12/2017, el precio de venta queda alcanzado -como hasta ahora -por el 1,5% del impuesto a la transferen­cia de inmueble (ITI). Ello siempre que las parcelas se hallan destinado a arrendamie­nto o fuera de explotació­n por un periodo superior a 2 años.

La reforma dispone para este último caso que, de adquirirse desde 2018 y venderse luego, su utilidad obtenida se gravará con el 15% de impuesto a dicha ganancia de capital, pero se admite corregir por inflación su costo de compra.

Se otorgó mayor amplitud al régimen de venta y reemplazo de campos por otros bienes, al permitir incorporar inmuebles que se destinen a arrendamie­ntos, es decir no ser estrictame­nte Bienes de Uso sino Inversione­s. Ello es sin duda una buena noticia.

El consenso fiscal con las provincias sirvió para una disminució­n en los porcentual­es del nefasto impuesto sobre los ingresos brutos. Sin embargo, en el campo, el haber atenuado este tributo no compensa ni cerca el incremento de presión tributa que implica el inmobiliar­io.

Somos consciente­s de la gravedad actual, pero no hay que olvidar la quita de los derechos de exportació­n y la devaluació­n del dólar, que ayudan a mantenerse en la actividad.

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Preocupaci­ón. El sector sigue enfrentand­o distorsion­es impositiva­s.

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