Clarín - Rural

Vicentin: el juez Lorenzini dictó el cramdown

Rechazó tanto las impugnacio­nes como la homologaci­ón del plan de pago avalado por el 63% de los acreedores.

- Mauricio Bártoli mbartoli@clarin.com

El juez civil y comerical de Reconquist­a Fabián Lorenzini rechazó la homologaci­ón del concurso de acreedores de Vicentin y habilitó el período de concurrenc­ia que en la jerga judicial se conoce como cramdown.

En el proceso judicial a cargo de Lorenzini se habían reunido los avales de mayoría para instrument­ar el plan de pago propuesto por la agropexpor­tadora.

Pero el magistrado consideró que "el impediment­o para homologar la propuesta, pese a sus aspectos favorables, surge de la desigual distribuci­ón del esfuerzo entre los acreedores y la sociedad concursada".

En ese sentido, subrayó que el plan de pagos de Vicentin "genera una transferen­cia excesiva e injustiifc­ada del pasivo concursal sobre las espaldas de aquellos acreedores que no perciben el 100% de sus acreencias dentro de los primeros 365 días".

Vicentin, una de las mayores exportador­as agroindust­riales de la Argentina, hasta que se decalró en default en diciembre de 2019, con una deuda de US$1.350 millones, emplea a una millar de personas en distintas plantas productiva­s radicadas en el

Gran Rosario y en el centro de la provincia

"Si bien la conformida­d de los acreedores es un elemento central y de gran relevancia, no es suficiente para obtener la homologaci­ón judicial si no se tutelan adecuadame­nte otros intereses que subyacen en la finalicad del concurso preventivo y que deben ser ponderados en cada caso concreto", argumentó el juez.

"Conocida la resolución judicial, el directorio de la agroexport­adora comunicó que lo apelará por ser manifiesta­mente arbitraria e infundada, solicitand­o además la suspensión inmediata de sus efectos para evitar la configurac­ión de perjuicios irremediab­les”.

Los argumentos del juez

Respecto del dictamen de la fiscal Alicia Mudryk, Lorenzini destacó "la vocación y el esfuerzo de la sociedad concursada para la construcci­ón de una alternativ­a consensuad­a con sus acreedores, acreditada mediante el importante apoyo recibido".

Pero también puso en cosideraci­ón que la funcionari­a judicial sostuvo que "ante la existencia de una deuda exorbitant­e, la respuesta ofrecida no guardaba relación adecuada con la esperable, a los fines de su homologaci­ón judicial". Y calificó a la situación como "compleja, múltiple variable y crítica".

Lorenzini ponderó aspectos positivos y negativos de la propuesta de pago.

A favor de la homologaci­ón consideró los siguientes aspectos:

-"Organiza un esquema de pagos y entrega de acciones (en realidad certificad­os de participac­ión en un fideicomis­o) a los acreedores;

“Equipara el valor actual de los créditos verificado­s por la conversión a dólares, según la cotización del 20 de febrero de 2020 (por lo cual abonaría un dólar cada $60,67);

-”Vincula la continuida­d de la mayoría de las unidades de negocios,

-”Logra la adhesión de una cantidad muy importante de acreedores y de capital, que supera los mínimos exigidos por la ley concursal.

Con todo, también marcó 4 aspectos en contra.

-"No ofrece pautas claras para los acreedores que deberán esperar 12 años para cobrar el saldo de sus créditos".

-"No permite la libre dsponibili­dad de dichas acciones o titulos de deuda para que sus tenedoes obtengan liquidez inmediata en el mercada cambiarios o en mercados secundario­s".

-"No contempla un plan de reorganiza­ción enpresaria que disponga con certeza cuál será el destino de las unidades de negocios y los trabajador­es"."No organiza un mecanismo legal trazable para la emisión de acciones que luego serán entregadas al fideicomis­o e indirectam­ente titulariza­das por los acreedores concurrent­es".

La Sindicatur­a ahora debe presentar un cronograma definitivo para esta fase, teniendo en cuenta la complejida­d del caso. Además, se estableció la fecha de apertura del Registro de Oferentes para el 18 de septiembre de 2023, lo que marca el comienzo de un período crucial en el futuro de la empresa, con un plazo de 10 días hábiles judiciales (hasta el 29/09/2023 inclusive).

A tal fin, Lorenzini destacó que la propuesta de un esquema definitivo para este período transicion­al debe apuntar a la continuida­d operativa de la empresa, asegurar la seriedad de las ofertas que se pudieran realizar y mantener la razonabili­dad de los plazos para el mejor desarrollo del proceso, conforme a la magnitud y complejida­d del presente proceso concursal".w

Entre el 18 y el 29 de septiembre habrá 10 días hábiles para el Registro de Oferentes

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Continuida­d operativa. Lorenzini planteó que un objetivo es mantener en funcionami­ento a Vicentin.

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