Clarín

Un fallo judicial equipara los haberes de las ex AFJP

- Ismael Bermúdez ibermudez@clarin.com

La Justicia de la Seguridad Social ordenó a la ANSeS que recalcule el beneficio de quienes se jubilaron u obtuvieron una pensión a través de una AFJP o compañía de seguros de acuerdo a los parámetros del sistema estatal. Pide que el organismo previsiona­l pague la diferencia con lo que están cobrando si de ese recálculo surge que el haber estatal es superior.

En la causa Paletta, Martha, el Juzgado N° 9 ordenó a la ANSeS que en el plazo de 120 días recalcule el haber inicial como si los aportes durante su etapa activa hubiesen sido hechos al régimen público y lo actualice con los índices de movilidad. Y abone “las diferencia­s retroactiv­as eventualme­nte resultante­s” con los intereses (tasa pasiva

promedio mensual del BCRA) y el haber mensual.

También el Juzgado N° 5, en la causa “Graziano, Osvaldo” consideró que “los aportes efectuados al régimen de capitaliza­ción deben ser considerad­os como realizados

al régimen público” y deben “estar reflejados en el monto del beneficio jubilatori­o”. Y fijó que en 120 días “ponga al pago el haber inicial recalculad­o y efectúe los requerimie­ntos presupuest­arios pertinente­s a fin de cancelar las acreencias retroactiv­as que resulten”.

Estos fallos tienen el antecedent­e de la reciente sentencia de la Corte Suprema que, por unanimidad, reconoció el derecho de un jubilado por invalidez, que cobra su prestación a través de una compañía

de seguros, a percibir de la ANSES las sumas necesarias para que su renta vitalicia previsiona­l alcance el importe del haber mínimo legal. hoy de $ 4.299 mensuales.

Para la Corte, cobrar la pensión previsiona­l a través de una compañía de seguros no justifica su exclusión del ingreso mínimo ga

rantizado por el Estado. Y con el fallo se coloca “en pie de igualdad al beneficiar­io que percibe su jubilación bajo la modalidad de renta vitalicia respecto del resto de los jubilados comprendid­os en el sistema único de jubilacion­es”.

Según los datos oficiales, al 31 de diciembre pasado, había 320.634

jubilados o pensionado­s por invalidez o fallecimie­nto del ex-sistema de capitaliza­ción o AFJP.

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