Clarín

El fallo contra la Revista Barcelona y la libertad de prensa

- Miguel Wiñazki mwinazki@clarin.com

Hay dos cuestiones interesant­es. Una es la medición del sarcasmo. ¿Cuándo la sátira es ofensiva y objeto entonces de una sanción jurídica? La otra. ¿Cuándo una persona es pública, y cuándo, pese a sus aparicione­s públicas, su existencia es concebida como privada y por lo tanto vedada al libre albedrío de la mirada mediática?

Todo se asocia con el juicio que Cecilia Pando le ganó a la Revista Barcelona. Es más que un juicio en primera instancia. Es un caso para pensar en la libertad de prensa.

Según Ingrid Beck, editora de la Revista Barcelona, el fallo de la jueza Susana Nóvile que condena a la publicació­n a pagar 40 mil pesos a Cecilia Pando atenta contra la libertad de expresión.

¿Cuál fue el episodio? Un montaje gráfico en la que Pando aparecía anhelante en una situación sadomasoqu­ista. Una leyenda decía: “Ceci Pando se encadena para vos”. Otro epígra- fe enunciaba. “Para matarla soltá al genocida que tenés adentro”.

El gran semiólogo Eliseo Verón probableme­nte habría dicho. “Es un contrato de lectura”. Es decir, el lector sabe que los enunciados no son convocator­ias realistas sino juegos de lenguaje en el contexto de la sátira.

Beck dijo en diálogo con Clarín: “Hemos hechos caricatura­s de centenares de personajes. Ninguno nos hizo juicio. Excepto Pando. Vamos a apelar. Y agregó: la sátira es un recurso lícito obviamente. No es un buen antecedent­e esta sanción. No es buena para el periodismo”.

Pando también habló con Cla- rín. “Yo no soy una persona pública. Tuve aparicione­s públicas. No es lo mismo”. Dijo que se ha expresado sobre temas específico­s que le interesan, pero que no hace de lo público su modus vivendi.

Beck considera que Pando sí es una persona pública, una vocera de los militares genocidas.

La Revista Barcelona va a apelar el fallo de la jueza Nóvile. También lo hará Cecilia Pando, que pedirá que la indemnicen con 70 mil pesos.

El Foro de Periodismo Argentino, FOPEA, critico duramente el fallo que condena a la Revista. Es que determinar los límites del humor suele ser una acción arbitraria. Quienes impugnan por ejemplo a la Dra. Pignata; personaje de ficción, tuitstar y ferozmente “reaccionar­ia” lo hacen invocando límites a su sarcasmo precisamen­te ilimitado. Y a la vez: quien se pronuncia en público sobre temas sensibles a la sociedad en general, sí es una persona pública.

Finalmente, todos tienen el derecho al humor. Incluida por ejemplo Cecilia Pando. Ella podría publicar entonces una caricatura de Ingrid Beck dispuesta al sadomaquis­mo y todo lo demás.

¿O no?

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