Clarín

El lunes vence el plazo para obtener el tapón fiscal

Deberán ratificar vía web sus declaracio­nes juradas. Así, evitarán castigos por omisiones en años anteriores.

- Ismael Bermúdez ibermudez@clarin.com

Se trata de un perdón impositivo hacia atrás. Todos los contribuye­ntes que hayan presentado declaració­n de Bienes Personales y Ganancias po- drán ratificarl­a ante la AFIP, mediante un sencillo trámite por Internet. Con ese paso, hay borrón y cuenta nueva para bienes que no se hayan declarado en ejercicios anteriores. Es una medida que busca acelerar las adhesiones al blanqueo, cuyo primer tramo termina el 31.

Los que no ingresen al blanqueo también pueden tener los beneficios de lo que se conoce como

“tapón fiscal”. Para eso, antes del próximo lunes, 31 de octubre, esos contribuye­ntes deben presentar una ratificaci­ón de las declaracio­nes juradas de impuestos por el

período 2015 (“confirmaci­ón de datos”). El trámite se realiza con clave fiscal en la web (ver Cómo hacer).

Así, esos contribuye­ntes tendrán un novedoso beneficio no previsto en los blanqueos anteriores: el ‘tapón fiscal’, ‘bloqueo fiscal’ o ‘cerrojo fiscal’. Eso significa que la AFIP presume que lo declarado el año pasado es correcto, y “no podrá hacer ningún reclamo por bienes que hubieren tenido en el pasado y no lo hubieran declarado”, como explicó el tributaris­ta Marcelo Rodríguez. Y agregó: “Está disposició­n legal no está muy instalada en la sociedad y por eso es importante difundirla y explicar su alcance”.

“La AFIP mantiene sus facultades de verificaci­ón y fiscalizac­ión, única manera de establecer si lo que el contribuye­nte ha ‘confirmado’ es efectivame­nte todo lo que debía de-

clarar. Así, si detecta la existencia a diciembre de 2015 de algún otro bien no declarado, ya no tiene validez dicha ‘presunción de exactitud’ que supone el ‘tapón fiscal’”, le dijo a Clarín el especialis­ta Daniel Lejtman, de Lisicki, Litvin y Asociados. De esta manera, la AFIP busca acelerar la adhesión al blanqueo.

Rodríguez explicó que así se equipara a los que no adhieren al blanqueo con los que sí adhieran: “Lograrán bloquear sus presentaci­ones fiscales de los períodos anteriores y

entonces el Fisco no podrá hacerles ningún reclamo por bienes que hubieran tenido en el pasado y no lo hubieran declarado”.

Marcelo Domínguez, docente de Tributació­n de la UBA, agregó que “quienes presenten la confirmaci­ón de datos tendrán los beneficios de liberación impositiva por cualquier bien que hubieren poseído -lo mantengan o no en su patrimonio- con anteriorid­ad al 31 de diciembre de 2015 y no lo hubieren declarado”.

Prosiguió Dominguez: ”Si la AFIP detectara bienes que no hubieran sido incluidos en la declaració­n de confirmaci­ón de datos de 2015, el contribuye­nte perderá los bene

ficios de ‘tapón fiscal’”. Es decir, la declaració­n de 2015 no debe tener omisiones. Si las detectar, la AFIP procederá del siguiente modo:

* Si el valor de los bienes detectados resulta menor a $ 305.000, o menor al 1% del valor de los bienes incluidos en las declaracio­nes juradas presentada­s por el último ejercicio cerrado al 31 de diciembre de2015, determinar­á de oficio los impuestos omitidos sólo respecto de los bienes detectados.

* Si el valor de los bienes detectados supera los $ 305.000, dará por decaídos los beneficios de “tapón fiscal” y, además, dará por decaídos los beneficios correspond­ientes al contribuye­nte cumplidor que se hubiesen solicitado en forma adicional a la “confirmaci­ón de datos” (liberación de Bienes Personales por 2016, 2017 y 2018 o devolución de Ganancias sobre primer medio aguinaldo de 2016).

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A la espera. Una cola en una dependenci­a de la AFIP. Expectativ­a por el resultado del blanqueo.

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