Clarín

El reglamento sólo prevé sanción para el club si se registran más de dos casos

La pena para los futbolista­s podría ir desde la advertenci­a hasta los dos años de suspensión.

- Oscar Barnade obarnade@clarin.com

Lucas Martínez Quarta está suspendido provisoria­mene. Y se espera que hoy ocurra lo mismo con Camilo Mayada. Recién después de la contraprue­ba se definirá una sanción. Lo cierto es que por ahora no podrán jugar en River el próximo partido de Libertador­es,

contra Guaraní, el 4 de julio. Ahora, como se trata de más de un jugador, ¿podría ser sancionado River?

Francisco Figueredo Britez, secretario ejecutivo de la Conmebol, le aseguró a Clarín que “sólo se suspende a los jugadores. De ninguna manera al club y tampoco hay quita de pun

tos. En todo caso, si hay una falla médica, también se suspenderá a los responsabl­es”. Sin embargo, cuando Cla

rín le recordó el artículo 41 del Reglamento de Disciplina de la Conmebol, que fija la sanción al club o a la asociación e indica que si resulta que más de dos miembros de un equipo han cometido una infracción “se impondrán las sanciones adecuadas a la asociación o al club al que pertenezca­n los miembros del equipo, ade- más de otras consecuenc­ias individual­es para los jugadores que hayan cometido la infracción”, el dirigente explicó que no tenía la reglamenta­ción en la mano y que en ese caso serán los miembros del Tribunal de Disciplina (uno de sus cinco integrante­s es el abogado argentino Ricardo Gil Lavedra) los que “interpreta­rán la reglamenta­ción y determinar­án sanciones”. Por último, Figueredo insistió: “Yo creo que sólo los jugadores serán sancionado­s”.

A última hora, ser confirmó que sólo Lucas Martínez Quarta y Camilo Mayada están involucrad­os. Por lo que quedó descartada cualquier tipo de sanción a River. Sin embargo, si llega a aparecer otro caso, sí se expone a sanciones que no están especi- ficadas en el reglamento. Ahora, los abogados de River deberán demostrar que se trató de una contaminac­ión, tanto en caso de Martínez Quarta (en el partido ante Emelec) y Mayada (frente a Melgar).

Sin embargo, el resultado de las contrapueb­as puede determinar que no hubo contaminac­ión y finalmente se confirmen los casos de doping. Ahí aplicará el artículo 27, que determina una “suspensión de dos años por una primera infracción” por uso o posesión de una sustancia prohibidad. Sise comprueba que no hubo intención de mejorar su rendimient­o deportivo, la sanción prevé “como mínimo una advertenci­a y como máximo una suspendión de un año por una primera infracción”.

 ?? MARIO QUINTEROS ?? En silencio. D’Onofrio se va del Monumental. Ningún dirigente de River hizo declaracio­nes.
MARIO QUINTEROS En silencio. D’Onofrio se va del Monumental. Ningún dirigente de River hizo declaracio­nes.

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