Clarín

El reclamo ante causas climáticas, un derecho que se perdió

- Cristian Sirouyan csirouyan@clarin.com

La Resolución 203, dictada en noviembre de 2013 por la Administra­ción Nacional de Aviación Civil ( ANAC), limitó parte de las Condicione­s Generales del Contrato de Transporte Aéreo, establecid­as en 1998 por la Resolución 1532 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos. La norma modificada exime a las

compañías aéreas de la obligatori­edad de asistir a los pasajeros afectados por demoras o cancelacio­nes de vuelos por causas me

teorológic­as y sólo mantiene vigente esa carga si el incumplimi­ento de la aerolínea se debe a “circunstan­cias operativas, técnicas o de índole comercial”.

Hasta hace cuatro años, los pasajeros tenían derecho a reclamar un resarcimie­nto, una vez que el tiempo de cancelació­n o demora de vuelo o de entrega de equipaje

superara las cuatro horas, incluso por cuestiones meteorológ­icas. Se trataba de los “servicios incidental­es” contemplad­os por la Resolución 1532, para facilitar las comunicaci­ones telefónica­s a los viajeros varados, sus traslados por vía terrestre, alojamient­o en hotel, comida y bebida. Sin embargo, la ley actual considera las circunstan­cias meteorológ­icas como “supuestos de caso fortuito”.

“La imposibili­dad de reclamar cualquier tipo de reparación ante un vuelo que no despega por razones climáticas suele tomar de sorpresa especialme­nte a los turistas extranjero­s que recibe la Argentina. Les llama la atención porque la legislació­n de la mayoría de los países de Europa mantiene vigente el derecho del pasajero a una asistencia y compensaci­ón, incluso si su vuelo se ve afectado por la meteorolog­ía. Es un deber del Estado”, señala el abogado Diego Benítez, presidente de la Asociación Argentina de Derecho del Turismo (AADETUR). En cambio, en Estados Unidos ante una situación similar cada aerolínea se maneja con su propia política. Es decir, las normas federales del país no contemplan una reparación por cuestiones climáticas.

Según el especialis­ta, al pasajero demorado en un aeropuerto por una nevada, un banco de neblina o una lluvia volcánica no le queda más opción que esperar y pedir ser incluido en el primer vuelo posterior al incidente.

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