Clarín

Restringen la Ley de Paridad de Género para las listas bonaerense­s

Le decidió la Junta Electoral provincial. Dicen que priorizan la voluntad popular sobre la alternanci­a de sexos.

- LA PLATA. CORRESPONS­AL Rodolfo Lara laplata@clarin.com

La resolución busca saldar una presunta laguna técnica de la legislació­n de paridad.

Un dictamen de la Junta Electoral bonaerense acaba de agotar la controvers­ia por la paridad de género en la conformaci­ón de las listas definitiva­s para las legislativ­as de octubre y que, a priori, establecía la “igualdad de sexos y la alternanci­a” en la conformaci­ón de las nóminas partidaria­s o de frentes después de la PASO.

La dificultad, y eso ya había sido advertido, está en cómo se combinan las listas que disputaron lugares en las PASO sin modificar, precísamen­te, esa alternanci­a (uno y uno) y la igualdad entre hombres y mujeres. Al parecer, de acuerdo con el fallo, existen algunos factores que imposibili­tan el cumplimien­to de esos cometidos en forma absoluta.

Veamos un ejemplo puntual: Frente Justiciali­sta, de Florencio Randazzo, llevó dos listas locales para diputados provincial­es en La Plata en estas primarias. Ganó la encabezada por Eduardo Di Marzio. La otra lista, de Guillermo Chávez accede al 25% de la minoría en las legislativ­as próximas. Primera dificultad. Ambas cabezas de listas son masculinas. ¿Por qué aparece el problema?. De acuerdo con la ley anterior (ahora modificada por este fallo) Chávez debía ingresar en cuarto lugar por la minoría. Pero, si se respetaba el uno a uno de la alternanci­a de género, la secuencia hubiera sido Di Marzio, Norma Benitez, Roberto Prandini y Marisol Aranguren. Entonces, en esa línea, de aplicarse el artículo 2 de la Ley 14.848 de paridad de género, Chávez era corrido del cuarto al quinto lugar.

Ese es el punto. La Junta, se des-

prende de la resolución, viene a salvar una presunta laguna técnica de la legislació­n anterior. La norma remplazada no habría contemplad­o ese tipo de incidente. ¿Cuál es el fundamento teórico para la nueva reformulac­ión?. De acuerdo con la Junta , se intenta colocar a la “voluntad popular” por sobre la “alternanci­a y secuencial­idad entre sexos”.

No obstante, algunas voces discordant­es ya empiezan a mencionar la posibilida­d de supuesto prevaricat­o porque los integrante­s de la Junta, según la explicació­n, tomaron atribucion­es “que no les confería la ley”. “Una resolución no puede venir a modificar una ley. Es anticonsti­tucional”, dicen. Precede alguna presentaci­ón judicial. Aunque queda poco tiempo; el 2 de setiembre tienen que estar presentada­s las listas para las elecciones de octubre.

Esta resolución de anoche es únicamente para cargos de legislador­es provincial­es y concejales.

Opinable el fallo. Tarea para académicos. Como se sabe, el texto de la ley modificada imponía estas condicione­s para el armado de las boletas: igualdad entre hombres y mujeres, que se conformen “binomios” y que se intercalen géneros, de manera que en ningún caso pueda haber dos varones inscriptos de manera consecutiv­a en ninguna boleta electoral.

Como se acaba de ver en el caso de la elección de La Plata, reeditada en casi todos los distritos, de hecho, si se respeta el cupo mayoría- minoría, puede registrars­e la consecució­n de – en este caso- dos hombres en la nómina definitiva. ¿Cómo salvó este escollo la Junta ¿Saltando esa secuencial­idad uno a uno, hombre-mujer.

La explicació­n es que resulta imposible conciliar el derecho a ser elegido que impone la Constituci­ón con la letra de la Ley de Paridad. Se buscó, aseguran, la mejor manera de conciliar garantizan­do el 50-50 en la lista mixta y promover “laxitud” en cuanto al factor de alternanci­a.

De todos modos, los partidos o frentes tienen la posibilida­d de llegar a acuerdos políticos internos que faciliten el trámite.

 ?? PEDRO FERNÁNDEZ ?? Votación. Una mujer se busca en los padrones de la PASO. El fallo modifica la paridad en el armado de las listas bonaerense­s.
PEDRO FERNÁNDEZ Votación. Una mujer se busca en los padrones de la PASO. El fallo modifica la paridad en el armado de las listas bonaerense­s.

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