Accidentes de trabajo: por un fallo de la Corte se cruzan abogados y las ART
El máximo tribunal resolvió que los jueces no pueden aumentar a su arbitrio el importe de la indemnización.
El Gobierno, las ART y los sectores empresarios manifestaron un fuerte apoyo a la decisión de la Corte Suprema de revocar un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que fijó indemnizaciones por encima de los montos que establece el sistema de riesgos del trabajo. El Alto Tribunal ratificó la vigencia de las indemnizaciones tarifadas de la ley cuando los trabajadores sufren un accidente laboral. En cambio, la Asociación de Abogados Laboralistas cuestionó en duros términos la sentencia de la Corte “por descuidar el derecho de los trabajadores”, con un agregado no menor: dicen que “no es cierto que la
Corte resolvió que los jueces laborales no pueden aumentar a su arbitrio el importe de la indemnización por accidente de trabajo fijado en la ley”, como titularon muchos medios.. Lo que dijo la Corte es que para hacerlo debería decretar la inconstitucionalidad del art. 15 de la LRT ( ley de Ries
gos de Trabajo), y la Cámara no lo hizo. Por eso la sentencia es arbitraria, y debe dictarse un nuevo fallo”.
Desde la Superintendencia de ART dijeron que “la Corte ratifica el criterio de fallos precedentes respecto de la constitucionalidad del sistema de indemnizaciones tarifadas de la Ley de Riesgos del Trabajo”. Y que “las prestaciones tarifadas, típicas de la seguridad social, sólo pueden cuestionarse en su constitucionalidad si no resultan suficientes e integrales, lo que no ocurre con las indemnizaciones que hoy otorga el sistema de riesgos del trabajo”.
El fallo revocado es de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, dictado por el juez Rodríguez Brunengo y la jueza Ferreiros en un accidente en la que perdió
la vida un trabajador. Los jueces se- ñalaron que por aplicación de la fórmula prevista en la Ley la indemnización ascendía a $ 435.103,50, suma a la que debían agregarse los intereses devengados desde abril de 2011, fecha del accidente fatal. Pero, aduciendo que tal importe era insuficiente, los jueces estimaron justo elevar la indemnización a $ 700.000.
Mara Bettiol, Presidente de UART (Unión de ART) le dijo a Clarín que “este fallo de la Corte Suprema marca el respeto por la Ley”. Para Bettiol “ante el crecimiento desmedido de los juicios, cuya evolución no guarda relación con las mejoras del sistema de ART, ya sea en aumento de las indemnizaciones, mejoras de la atención, caída de accidentes y de fallecimientos, resulta necesario poner en cauce nuevamente el sistema de riesgos del trabajo. Sin esto, no es posible que un sistema de seguros funcione”.
En las ART señalaron además, que “es un muy buen mensaje claro y contundente de la Corte hacia los tribunales inferiores sobre la defensa de la fórmula de la ley, tema que si bien no es analizado en el fondo, ratifica
que se trata de un sistema tarifado”.
Para Matias Cremonte, titular de los Abogados Laboralistas, “el fallo demuestra que seguimos discutiendo la seguridad jurídica de las empresas y no el derecho de los trabajadores a no morirse en el trabajo. Este empleado tenía 50 años y dejó su vida
en su trabajo. Los jueces tienen la facultad de ampliar las indemnizaciones, y de hecho lo hizo la propia Corte en otros fallos, ya que si el monto no se encuadra en los parámetros constitucionales de la protección de la integridad de los trabajadores, puede ampliarse. En este caso la Corte
cuestiona un aspecto procesal, porque la Sala VII no dictó la inconstitucionalidad de la ley para fundamentar ese incremento. Es falso que la Corte haya modificado el criterio”.