Venezuela pone en marcha una ley mordaza que se extiende a las redes sociales
Permite arrestos y el cierre de medios por “promover el odio”. El gobierno determinará el alcance de ese delito.
Pese a las críticas y temores de la oposición y de los medios de prensa independientes, la Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela aprobó 10 artículos de la controvertida Ley Contra el Odio y por la Convivencia Pacífica, que facultará a las autoridades a penar con prisión a ciudadanos o con multas y cierres a medios de comunicación “que promuevan el odio y el racismo”.
En respuesta a las advertencias que han hecho en las últimas semanas varios líderes opositores y representantes de medios, la presidenta de la Asamblea Constituyente, Delcy Rodríguez, afirmó el jueves ala noche, desde el Palacio Federal Legislativo, que esta ley promueve la tolerancia y la convivencia pacífica entre los venezolanos.
Rodríguez explicó que la ley “regulará y controlará” la “emisión y promoción de mensajes que llamen al odio directamente” y que se servirá de instrumentos internacionales que regulan esta materia y que sirve de marco “para evitar que desde los medios de comunicación” proliferen llamamientos “a la guerra”.
Pero lo cierto es que se trata de un supuesto delito muy difuso, cuyo alcance será determinado por el gobierno. El oficialismo ha acusado repetidamente a la oposición de promover “crímenes de odio” contra simpatizantes del chavismo.
El artículo 10 de la iniciativa declaró el 21 de septiembre como Día Nacional de la Paz y el mes de mayo de cada año como mes nacional para la promoción de la paz, la convivencia y la lucha contra la intolerancia.
Rodríguez, ex canciller y una de las figuras más leales al régimen de Nicolás Maduro, detalló que se eligió mayo debido a que en ese mes, este año, hubo una cantidad de venezolanos que perdieron la vida durante las prolongadas protestas contra el gobierno, reseñó el diario El Universal.
El constituyente Hermánn Escarrá, en tanto, indicó que la ley tiene como fin cumplir con el compromiso de evitar que se repitan los episodios violentos que duraron 120 días, entre abril y agosto, pero también buscará dar justicia a las más de 100 personas fallecidas, los miles de heridos y las 29 personas quemadas agredidas por ser o parecer “chavistas”.
La oposición -que no está representada en la ANC y desconoce a este órgano de suprapoderes elegido en unas turbias elecciones en julio- ha rechazado esta ley, dado que puede enviar a la cárcel a quienes “promuevan el odio y el racismo”, dos cuestiones no siempre considerables desde lo objetivo y seguramente darán lugar a múltiples interpretaciones.
Antes de que la Constituyente aprobara parcialmente la ley, el presidente Maduro había anunciado que “la próxima semana comienza el debate público, atención con el debate, y pronto tendremos aprobada y promulgada en Gaceta Oficial la ley constitucional contra el odio, la convivencia pacífica y la tolerancia”.
A principios de agosto, días después de instalada la plenipotenciaria Asamblea Constituyente, Maduro le pidió que se castiguen “severamente los delitos de odio” con una “ley constitucional contra el odio la intolerancia y el fascismo”. “La gente que agreda por su locura de odio en territorio nacional debe ser capturada, enjuiciada y castigada de manera inmediata”, dijo Maduro en ese momento.
El texto de la ley plantea, en su artículo 3, que se deben realizar políticas públicas que propicien “los procesos educativos, culturales, comunicacionales, institucionales y sociales” para conseguir “la convivencia pacífica”. Un segundo dictamen señala que se deben aplicar “procesos de prevención y control de las formas de violencia, odio, intolerancia y otras conductas relacionadas”, según citó el diario El Nacional.
El artículo 6 prohíbe “toda propaganda a favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial, religioso, político y de cualquier otra naturaleza”. Este se apoya en la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos.
“La difusión de estos mensajes por los prestadores de servicio de radio y televisión será considerada como causal de revocatoria de la concesión”, agrega el texto.
Lo novedoso de esta norma es que no sólo la radio y la TV podrán recibir sanciones. Los medios electrónicos también podrán ser bloqueados por el Estado si incurren en la misma falta: “La difusión de los mensajes (…) dará lugar al bloqueo de los portales, sin prejuicio de responsabilidad penal y civil a que hubiere lugar”.