Bonadio: la AMIA fue un “acto de guerra” y Cristina “traicionó a la Patria”
Fundamentos. El juez dijo que la ex presidenta colaboró para que Irán eludiera a la Justicia y se levantaran las alertas rojas.
Para Bonadio, Cristina Kirchner y los otros procesados con la firma del pacto con Irán cometieron el delito de traición a la Patria pero no en la acepción clásica de tomar las armas contra la Argentina, sino en la de unirse “a los enemigos, prestándoles ayuda y socorro”. En su resolución, equiparó los atentados terroristas contra la embajada de Israel (1992) y la AMIA (1994) con “actos de guerra de agre- sión”. Sostuvo que los procesados “coadyuvaron a lograr los objetivos de una potencia extranjera -Irán- que está demostrado judicialmente que ordenó/organizó/financió/ instigó dos actos de guerra en el territorio nacional, contra ciudadanos argentinos desarmados e inocentes, y que han sido declarados delitos de "lesa humanidad".
Señaló que a diferencia de EE.UU., por ejemplo, que atacó militarmente a Irak o a Al Qaeda en Afganistán por los atentados contra las torres Gemelas, el estado argentino “eligió como respuesta la que surgió de establecer las responsabilidades penales por esos actos y buscar el castigo de los perpetradores”. Puntualizó que esa persecución legal fue una política de Estado hasta el 2013 sostenida por todos los presidentes desde Carlos Menem a Néstor Kirchner. Lo hicieron apoyando la acusación de la justicia de que Irán era el autor intelectual del atentado contra la AMIA por haberle dado apoyo logístico a la Jihad Islámica del Hezbollah del Líbano que cometió el ataque de 1994. “Este panorama empieza a cambiar radicalmente, por lo menos a partir de enero de 2011, oportunidad en que comenzaron a exteriorizarse los primeros signos de la maniobra concertada entre los imputados y funcionarios del gobierno iraní, mediante la cual se quebrantó la lealtad que éstos debían a la Nación en razón de sus cargos, y particularmente, a los familiares de las víctimas de este atroz atentado”, explicó. Fundó este punto en los testimonios de los ex cancilleres Rafael Bielsa y Jorge Taiana quienes confirmaron que Kirchner rechazó propuestas parecidas de Irán.
En su resolución, recordó que el artículo 214 del Código Penal establece que: “...Será reprimido con reclusión o prisión de 10 a 25 años o reclusión o prisión perpetua y en uno u otro caso, inhabilitación absoluta perpetua... todo argentino... que tomare las armas contra ésta, se uniere a sus enemigos o les prestare cualquier ayuda o socorro ...” Pero el juez señaló la traición contra la Nación consistirá “en unirse a sus enemigos prestándoles ayuda y socorro ..."
Entonces, Bonadio entendió que la conducta de los procesados “encontraría adecuación típica en el final del artículo, toda vez que los imputados se unieron con representantes de un Estado al que se le atribuía haber perpetrado por si o a través de terceros en dos actos de guerra de agresión en el territorio de la República Argentina". “Esta circunstancia ayudaría a la personas de nacionalidad iraní acusadas de participar en el atentado terrorista perpetrado contra la sede de la AMIA. a eludir la investigación y librarse de las órdenes de captura internacional”, precisó Bonadio.
Luego recordó que con “el terrorismo internacional cambió la concepción clásica de estado de guerra”. “A su vez, cuando éstas son ejecutadas, planeadas o apoyadas por agentes de un Estado, como en el caso del atentado a la A.M.I.A., pueden ser considerados como un “acto de guerra de agresión”, destacó.
Para Bonadio, “el apoyo logístico o financiero de un Estado a una organización “terrorista” para la realización de un acto que produce la muerte de personas, consideradas “enemigas” por éstos, simplemente por su condición de ciudadanos del Estado atacado, o bien por su pertenencia a un grupo social, etnia o religión, han sido considerados actos bélicos que, a su vez, han recibido una respuesta de autodefensa por parte del Estado agredido”. ■