Clarín

Escuchar la voz de los chicos

- Adriana Martínez Bedini

Vicepresid­ente del Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescent­es.

La noticia se publicó en estos días. Y pasó como una más. Pero vale la pena detenerse en ella. Juan Pablo y Augusto, dos adolescent­es, quedaron en medio del divorcio violento de sus padres. La mamá pudo rehacer su vida y decidió irse con su pareja a vivir a Barcelona. Quiso llevar los chicos. No pudo: el papá se opuso y una jueza le dio la razón.

Al padre le impusieron un régimen de visitas primero y una restricció­n de acercamien­to después. Las dos cosas por las denuncias de violencia hechas por los dos hijos. La justicia sin embargo insistió: ellos no podían irse a vivir con su madre.

El argumento de la jueza fue priorizar el centro de vida en la Argentina aunque esa vida priorizada en la Argentina se convirtier­a para ellos en una vida lejos de los dos padres. Una vida sin padres.

No les permitían viajar a Barcelona para reunirse con su mamá y no le permitían al padre que se reuniera con ellos para protegerlo­s de su violencia.

¿Cuál era el verdadero centro de vida de estos chicos? En este divorcio, como en muchos otros, los verdaderos perjudicad­os terminan siendo los hijos.

La Convención de los Derechos del Niño estableció en 1989 el derecho personalís­imo de los niños a ser oídos por el juez que interviene en un proceso que los afecta directa o indirectam­ente en sus derechos y en su vida.

Juan Pablo y Augusto tienen hoy 12 y 17 años, son adolescent­es y han utilizado la figura de abogado del niño para presentars­e ante el tribunal y ser escuchados.

Que escucharan su deseo de cambiar su centro de vida a Barcelona. Solicitaro­n autorizaci­ón para viajar. Y se les concedió. Detrás quedaba un larguísimo y doloroso camino que habían debido recorrer dentro y fuera de los tribunales.

¿Por qué la jueza no tuvo en cuenta sus palabras y su pedido desde un principio? ¿Qué ele- mentos consideró para no dejarlos viajar? ¿Dónde quedó el interés superior del niño en contraposi­ción al de los adultos?

El derecho de los chicos a ser oídos enlaza con otro más amplio que es el reconocimi­ento de los niños y adolescent­es como sujetos con derechos autónomos y exigibles.

Son derechos que les permiten participar cuando un magistrado toma decisiones sobre sus sentimient­os, sobre su vida y sobre su futuro. La escucha de los niños no significa la aceptación total de sus manifestac­iones. Pero constituye un elemento muy importante al momento de dictar una resolución judicial.

¿Cuántos Juan y Augusto hay ahora mismo intentando ser escuchados en los tribunales? Niños separados de sus padres, abuelos, primos, tíos por conflictos entre adultos.

Escucharlo­s y protegerlo­s es función de todos nosotros. Padres, maestros, funcionari­os y jueces. Juan y Augusto fueron escuchados. La noticia no merece pasar como una más. ■

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