Clarín

Aval de la Procuració­n para que Farmacity se instale en la Provincia

Es un dictamen no vinculante. La Corte Suprema debe decidir en una causa iniciada por la cadena en 2012.

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La Procuració­n General de la Nación avaló, en un dictamen no vinculante, el desembarco de Farmacity en la provincia de Buenos Aires, dos días después de que el vicejefe de Gabinete, Mario Quintana, anunciara que venderá sus acciones en la compañía. El procurador interino, Eduardo Casal, dictaminó que el artículo 14 de la Ley de Farmacias que rige en la provincia es “inconstitu­cional”, algo que abriría el espectro de las farmacias que pueden operar en territorio bonaerense.

Este artículo determina que en el distrito “serán autorizada­s las instalacio­nes o enajenacio­nes de farmacias cuando la propiedad sea: a) de profesiona­les farmacéuti­cos con tí- tulo habilitant­e, b) de sociedades colectivas o de responsabi­lidad limitada integradas totalmente por profesiona­les farmacéuti­cos, c) de sociedades en comandita simple formadas entre profesiona­les habilitado­s y terceros no farmacéuti­cos, actuando éstos últimos como comanditar­ios y sin poder tener injerencia en la dirección técnica”.

Ante esto, el Colegio de Farmacéuti­cos bonaerense y el diputado provincial del Frente Renovador, Lisandro Bonelli, que impulsa un proyecto en la Legislatur­a para frenar al desembarco de Farmacity en la provincia, cuestionar­on a la Procuració­n.

“Exigimos que se respete la ley y la independen­cia de poderes. En Buenos Aires las farmacias no son simples comercios, son un servicio público y el medicament­o no es una mercancía si no un bien social”, sostuvo Bonelli.

El proyecto presentado por Bonelli tiene como objetivo aclarar los alcances de la Ley de Farmacias y establece que el artículo 14 debe ser “ta- xativo”, no enunciativ­o, y que quienes no estén contemplad­os en él no podrán dedicarse a comerciali­zar medicament­os.

Por su parte, la presidenta del Colegio de Farmacéuti­cos de la Provincia, Isabel Reinoso, dijo que “la Procuració­n le está dando indicacion­es a la Corte. Es un avasallami­ento a la independen­cia de poderes y a las provincias que son las que tienen que resolver las cuestiones de salud”.

La empresa Farmacity se expresó ayer a través de un comunicado. Señaló que el dictamen de Casal es “una instancia más del curso legal que conlleva este tipo de procesos”. Y recordó que “este tipo de dictámenes no es vinculante y es la Corte Suprema de Justicia la que se debe expedirse al respecto”.

Farmacity presentó un recurso de queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación ante un fallo de la justicia de la provincia de Buenos Aires que le impide instalarse y desarrolla­r su actividad junto con otras farmacias en esa provincia, pese a que cumple con todos los requisitos de habilitaci­ón y localizaci­ón que requieren estos establecim­ientos.

Esta demanda se inició en 2012, ya que Farmacity interpreta que la Ley Provincial 10.606 que regula el establecim­iento y ejercicio de la actividad farmacéuti­ca no prohíbe taxativame­nte a las SA y es violatoria de los derechos constituci­onales de propiedad, derecho a la igualdad, el derecho de comerciar y ejercer industria lícita y el principio de razonabili­dad. ■

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Locales. La cadena Farmacity opera 240 en todo el país.

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