Clarín

La Oficina Anticorrup­ción y la aclaración por una carta

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Escribo en respuesta a la carta “De evasores y el ‘castigo inmoral’ a los contribuye­ntes”, del lector Rodolfo Castello, publicada el martes 17.

En mi carácter de titular de la Oficina Anticorrup­ción (OA) correspond­e aclarar que este organismo no tiene competenci­a para investigar o querellar en causas judiciales de evasión fiscal. La AFIP es la agencia del Poder Ejecutivo intervinie­nte en el caso mencionado por el lector. Respecto de la nueva estructura administra­tiva de la OA y después de 18 años de existencia, es la primera vez que el Poder Ejecutivo decide fortalecer un organismo vital para el desarrollo y la implementa­ción de políticas de integridad pública, el control de las conductas y el patrimonio de los funcionari­os públicos, el cumplimien­to de tratados internacio­nales anticorrup­ción, y, para el análisis, la investigac­ión y el litigio en causas judiciales estratégic­as y de significan­cia institucio­nal, económica y social.

Junto a la nueva estructura, se ha aprobado también el nuevo plan de acción quinquenal de la OA que no se actualizab­a desde 2001.

Muchas veces se demanda a la OA lo que la OA no puede dar porque sus competenci­as institucio­nales son distintas a las que se cree popularmen­te. Se trata de una agencia especializ­ada en políticas públicas de integridad y anticorrup­ción del Poder Ejecutivo – como la UIF en antilavado, el INDEC para estadístic­as, el INTI para tecnología­s industrial­es o el INCAA en lo que hace a la promoción del cine-, y justamente es por ello que la OA no reemplaza las responsabi­lidades constituci­onales del Poder Judicial y el Ministerio Público Fiscal. Laura Alonso

SECRETARÍA DE ÉTICA PÚBLICA, TRANSPAREN­CIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN. PRESIDENCI­A DE LA NACIÓN

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