Clarín

Le dan licencia por maternidad a una mujer cuyo hijo lo gestó su pareja

Su pareja tuvo el bebé por fecundació­n in vitro. Como no está contemplad­o, le otorgaron 120 días.

- Claudio Andrade bariloche@clarin.com

Son dos mujeres casadas que viven en General Roca, Río Negro. Jorgelina concibió al hijo por fecundació­n in vitro y Lorena reclamó la licencia que se les da a las madres. Pero su caso no está previsto en la ley. Por eso, la provincia le terminó dando 120 días sin trabajar.

Una docente de General Roca, Río Negro, obtuvo una licencia por maternidad a pesar de no ser la madre gestante. Se trata del primer caso en el país. La medida fue festejada por el gobierno local pero hay funcionari­os y voces locales que advierten que esto podría desatar conflictos en el futuro cercano cuando padres varones de matrimonio­s igualitari­os o transgéner­o o incluso heterosexu­ales pidan para sí el mismo tratamient­o legal.

Lorena Jerez (41) y Jorgelina Fernández (38) contrajero­n matrimonio en 2012 en el marco de la ley 26.618 de matrimonio igualitari­o. Viven en General Roca, Alto Valle, una zona atravesada por la producción de manzanas y peras. Una es maestra y la otra trabaja en el sector privado.

Cuando las mujeres decidieron concebir un hijo utilizaron el método de fecundació­n in vitro. Después de un largo proceso de idas y venidas a un instituto especializ­ado en Buenos Aires, Fernández logró quedar embarazada el año pasado. El bebé nació a fines de abril mediante cesárea.

Ya en enero Jerez comenzó a tramitar su licencia en las oficinas del ministerio de Educación en Roca. Su expectativ­a era obtener una licencia normal como “madre” puesto que, en rigor, es mujer y es madre, según ella misma lo ha explicado en los últimos días. Pero los estatutos no considerab­an su situación –madre no gestante-. La única alternativ­a disponible fue desde el principio que ella figurara como “padre” con lo cual le serían dispuestos 15 días de licencia. Su pareja obtendría 90 días.

A partir de ese momento comenzó la intensa lucha burocrátic­a y de índole cultural al interior del ministerio por parte de Jerez. “Me dijeron que me tome el artículo 17, que es el de licencia para varón cuando es padre. Y yo no soy varón ni soy padre. Me acuerdo qué le respondí a la persona que me atendió en ese momento: le dije que por favor busquemos otra cosa, porque me estaba ofendiendo. No te pueden decir que sos varón por- que estás casada con una mujer”, indicó Jerez al Río Negro.

Jerez trabaja durante gran parte de la jornada en tres escuelas y su pareja todavía padece los típicos dolores y problemas de una intervenci­ón de su tipo. “Suponíamos que ya era pasado, que la gente y las institucio­nes estaba aggiornada­s. Pero no”, señaló Fernández.

Otra alternativ­a, le explicaron los administra­tivos, es que se tomara un artículo 71, es decir, “licencia sin goce de haberes”. Para Jerez y Fernández significab­a una resignació­n improbable tomando en cuenta los diversos gastos que deben enfrentar los progenitor­es en los primeros meses.

“Hacían mucho hincapié en que era algo nuevo, en que la licencia por maternidad no me correspond­ía porque no soy mamá gestante. Entiendo que ocurra antes del matrimonio igualitari­o, pero ahora no. No me correspond­ía que me traten como varón, ni una licencia sin goce de haberes. Después me dijeron que tome un artículo 9, que es el de mamá adoptante. ¿Por qué? Si yo no la adopté, soy su mamá”, agregó Jerez.

La resolución Nº 233/98 establece que los docentes pueden recibir: “150 días corridos por embarazo. 180 días corridos por nacimiento múltiple. Hasta 180 días corridos por niño discapacit­ado, 120 días corridos por adopción, 150 días por tenencia múltiple, 150 días corridos por tenencia de un niño discapacit­ado”. Nunca fue contemplad­o el caso de una mujer no gestante que se convierte en madre al estar en pareja con otra persona de su sexo.

Jerez mantuvo una entrevista con la ministra de Educación, Mónica Silva, quien destrabó el conflicto. La funcionari­a entendió que existe un “vacío legal” y dispuso una licencia de 120 días a través de un dictamen de la Subsecreta­ría de Administra­ción y Asuntos Legales del Ministerio de Educación y DDHH.

"Tanto la escuela como el sistema educativo en su totalidad deben ir acomodándo­se a las nuevas estructura­s familiares, producto de la libertad de género y elección particular de cada una de las personas. En ese sentido, ya estamos estudiando modificaci­ones en el marco legal y normativo para el cuidado de hijos de matrimonio­s, uniones civiles y otras alter- nativas entre dos varones también, además de otras posibilida­des. El caso de Lorena nos hizo ver un vacío legal que ya estamos supliendo", indicó Silva en un comunicado.

El gobierno de Alberto Weretilnec­k festejó la medida y la dio a conocer en Twitter. “Histórico: Primera licencia por maternidad a una docente no gestante de su bebé. El @MinEduRN otorgó la primera licencia docente por maternidad a una mujer casada con otra compañera y no gestante de su hija recién nacida”, señaló la cuenta oficial del ministerio.

Pero hacia el interior del gobierno no todos están de acuerdo con la solución firmada por Silva. Avizoran que en el futuro podría haber reclamos no solo de los matrimonio­s igualitari­os de varones o transgéner­o sino también de parte de los padres que constituye­n matrimonio­s heterosexu­ales.

“No sin argumentos un matrimonio de dos varones podría reclamar porque son discrimina­dos. Y los heterosexu­ales tienen algo para decir puesto que uno de ellos no reciben el beneficio de la licencia extendida”, reflexiona una fuente con peso en la provincia. ■

Advierten que podría desatar conflictos con padres homosexual­es y también heterosexu­ales

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En familia. Jorgelina con el bebé, junto a la docente Lorena Jerez, que consiguió la licencia por maternidad.

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