Clarín

Procesaron al mapuche Santana por bloquear la ruta 40 y agredir a conductore­s

Además, lo embargaron con $ 100.000. Había dicho que vio cómo Gendarmerí­a se llevaba al joven artesano.

- Claudio Andrade bariloche@clarin.com

El juez federal de Esquel Guido Otranto decretó el procesamie­nto sin prisión preventiva y un embargo por 100 mil pesos contra el referente mapuche Matías Santana. Además, le prohibió salir del país y lo instó a presentars­e en los tribunales de Esquel para tomarle indagatori­a. El 31 de julio y el 1° de agosto del año pasado, Santana junto a un grupo de personas, entre las que presuntame­nte estaba Santiago Maldonado, interrum- pió la circulació­n de la ruta 40. Los aborígenes han declarado que durante esos días informaron “pacíficame­nte” a los conductore­s acerca de la prisión que sufría el lonko Facundo Jones Huala detenido en Esquel.

El juez Otranto también citó a indagatori­a a Claudina Pilquiman, Lucas Pilquiman (conocido como el Testigo E en un informe de APDH) y Nicolás Hernández Huala (hermano menor del lonko Jones Huala) para el próximo 31 de mayo. Finalmente libró un exhorto internacio­nal para que se presente a declarar el músico chileno Nicasio Soria en un plazo de quince días luego de notificado en su país de origen. Hasta el momento, no han podido contactar al cantautor una de las últimas personas en ver con vida a Maldonado.

Santana fue identifica­do como uno de los protagonis­tas del corte y de una serie de violentos eventos contra la autoridad y privados que desembocar­on en un operativo de Gendarmerí­a Nacional dentro del predio ocupado de Cushamen el 1 de agosto al mediodía. En este territorio falleció posteriorm­ente el tatuador en el río Chubut, muerte que todavía se investiga bajo la carátula de Desaparici­ón Forzada.

Junto al lonko Jones Huala, Santana es considerad­o uno de los fundadores de Resistenci­a Ancestral Mapuche (RAM), organizaci­ón radicaliza­da mapuche a la que se le adjudican más de 90 ataques en el Sur.

El juez Otranto, quien fue desplazado de la causa por la desaparici­ón y muerte del artesano en septiembre de 2017, mantiene en su tribunal la del corte la ruta 40. El magistrado consideró que existen numerosos elementos probatorio­s que demuestran que Santana participó del corte de ruta, un hecho que implicó resistenci­a y agresión a la autoridad y un ataque con sus consecuent­es daños materiales en perjuicio de una pareja de automovili­stas que pretendía cruzar el bloqueo.

El 31 de julio al mediodía, al menos cinco personas que cortaban la ruta 40 impidieron el avance del coche en el que viajaban la enfermera Yamila Parada y su pareja Miguel Quintana. Cuando les intentaron explicaran que debían cruzar con urgencia, los militantes los agredieron con golpes, los amenazaron de muerte y destruyero­n el parabrisas y un espejo del vehículo usando hachas y otros elementos contundent­es. Parada y Quintana hicieron la denuncia policial que se sumó a la acusación que pesa sobre Santana.

Así las cosas, Otranto resolvió “decretar su procesamie­nto sin prisión preventiva” por “considerar­lo coautor del delito de impedir el normal funcionami­ento del transporte por tierra, resistir a un funcionari­o público en el ejercicio legítimo de sus funciones, desobedece­r a un funcionari­o público en el ejercicio legítimo de sus funciones, dañar parcialmen­te una cosa mueble ajena en despoblado y banda, hacer uso de amenazas empleando armas y en forma anónima, resistir a un funcionari­o público en el ejercicio legítimo de sus funciones y causar lesiones graves a otro por su condición de miembro de las fuerzas de seguridad y para asegurar el resultado de otro delito (…) cometido el día 1 de agosto de 2017-, por el que también responde en calidad de coautor”, indicó el juez en su escrito. ■

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