Clarín

En cinco años hubo sólo dos mujeres condenadas por hacerse un aborto

Lo revela un informe de la Defensoría General de la Nación. Ambos casos fueron en Santa Fe.

- Mariana Iglesias miglesias@clarin.com

Si bien el aborto aún está penado si no es por causales (violación o riesgo para la salud de la mujer), son muy pocas las causas penales iniciadas contra las mujeres que se han realizado abortos, y prácticame­nte no hay condenas. La prohibició­n, dice un informe de la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación, opera en sí misma como castigo “por la angustia y dificultad­es que generan en la vida de las mujeres”.

Desde el 1° de marzo de 2011 hasta el 29 de febrero de 2016 se iniciaron 167 causas contra mujeres por el delito de aborto propio (provocado o consentido por la mujer, artículo 88 del Código Penal), pero sólo se informaron dos condenas y una suspensión de juicio a prueba, todos en una única jurisdicci­ón, Santa Fe.

“Si se tiene en cuenta que, según estimacion­es difundidas por el Ministerio de Salud de la Nación, en un período de cinco años se realizan entre 1.850.000 y 2.600.000 abortos, cabe concluir que en la práctica judicial es insignific­ante el número de causas iniciadas por el delito de aborto y aún más excepciona­l el dictado de condena por ese delito -sostiene el informe de la Defensoría-. Sin embargo, los procesos penales en trámite operan en sí mismos como un castigo, aunque no concluyan con una condena, por la an- gustia y dificultad­es que generan en la vida de las mujeres. Según diversos organismos internacio­nales de derechos humanos, la penalizaci­ón del aborto vulnera derechos fundamenta­les de las mujeres”.

Agrega el informe que la figura del aborto en el Código Penal acarrea consecuenc­ias irreparabl­es como llevar a las mujeres a realizar prácticas inseguras que compromete­n su vida y su salud: “El derecho penal fracasa en su finalidad de prevención y se presenta como una herramient­a irrazonabl­e e inconstitu­cional, pues genera más daños y sufrimient­os de los que evita”.

El informe de la DGN explica que del total de mujeres a las que se les inició una condena, sólo siete de ellas estuvieron detenidas, por períodos de entre 10 horas a 26 días.

“La cantidad de causas es ínfima. Ni los fiscales ni los jueces ni las juezas están dispuestos a condenar a las mujeres. No hay un interés real por seguir adelante con estas causas”, explica a Clarín Raquel Asensio, al frente de la Comisión de Temáticas de Género de la DGN y del informe.

“Está claro que el derecho penal no es idóneo para evitar los abortos. No cumple una función de prevención sino que el derecho penal aparece con su peor cara, mantiene al aborto en el ámbito de la clandestin­idad. Y provoca que las mujeres se sientan estigmatiz­adas”, agrega.

“Los tratados internacio­nales ya han dicho que la penalizaci­ón del aborto es contraria a los derechos de las mujeres. Lo dice el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, la CEDAW (Convención sobre la Eliminació­n de Todas las Formas de Discrimina­ción contra la Mujer), entre otros”, dice Asensio.

“La mujer no puede ser objeto de derecho penal”, dijo ayer el ministro de Justicia de la Nación, Germán Garavano, quien aseguró que está a favor de la despenaliz­ación de la mujer en todos los casos. ■

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M.QUINTEROS Reclamo. El lunes hubo una marcha al Congreso en la que se pidió la despenaliz­ación del aborto.

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