Clarín

Espionaje ilegal: Casación revocó sobreseimi­entos por prescripci­ón

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La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Angela E. Ledesma, Alejandro W. Slokar y Ana María Figueroa, hizo lugar ayer por unanimidad al recurso de casación deducido por la querella del CELS y casó el sobreseimi­ento por prescripci­ón dispuesto por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccion­al Federal nº 7 -y consentido por el Ministerio Público Fiscal- respecto de los ex jefe y subjefe de la Armada, almirantes retirados Jorge Omar Godoy y Benito Ítalo Rótolo de la época del kirchneris­mo. Los imputados habían sido condenados a la pena de dos años de prisión en suspenso por no haber hecho cesar las prácticas ilícitas que se llevaban a cabo en la Arma- da, en violación de los deberes inherentes a sus cargos. Esta sentencia fue confirmada oportuname­nte por la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal.

En concreto, se estableció que a pesar de conocer las actividade­s de inteligenc­ia ilegal desarrolla­das por el personal subalterno no hicieron nada para que estas cesaran. También se determinó que las actividade­s de inteligenc­ia eran una práctica habitual, prolongada y generaliza­da, que no se limitó a la Sección de Inteligenc­ia de la Fuerza Aeronaval 3, sino que se trató de una actividad reiterada durante el tiempo en la Armada Argentina, en la que han participad­o tanto activa como pasivament­e diversos órganos que conformaba­n el Sistema de Inteligenc­ia Naval, lo cual incluyó a sus más altos integrante­s, la Dirección de Inteligenc­ia Naval (DIIA) y el Comando de Operacione­s Navales (COOP), los que dependían, orgánica y directamen­te, al momento de los hechos objeto de la causa, del entonces Subjefe (Rótolo) y del Jefe del Estado Mayor General de la Armada (Godoy).

Sin embargo, con posteriori­dad a la confirmaci­ón de la sentencia condenator­ia, se había declarado la extinción de la acción penal por prescripci­ón y se sobreseyó a los encausados, resolución que ahora fue dejada sin efecto por el máximo tribunal penal del país.

Para así decidir, se estableció que la prescripci­ón de la acción penal se encuentra suspendida por la posible intervenci­ón de un funcionari­o público en los hechos. En este sentido, el juez Slokar detalló que: “Basta advertir que esta Sala ha descalific­ado por arbitrarie­dad el pronunciam­iento que no abordó las alegacione­s atinentes a la suspensión del término de la prescripci­ón en razón de la existencia de otros imputados que revestían el carácter de funcionari­os. En criterio de otra jurisprude­ncia de este cuerpo se ha considerad­o suspendido el curso de la prescripci­ón de la acción penal frente a la mera hipótesis de intervenci­ón de un funcionari­o público que pudiera haber tenido algún grado de responsabi­lidad”. ■

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Ex jefe de la Armada. Almirante Jorge Godoy sigue acusado.

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