Clarín

Las empresas no podrán dejar de enviar facturas de papel

En enero el Gobierno había permitido que pasen a mandarse sólo por mail. Ahora, por ley, deberán pedir permiso.

- Martín Grosz mgrosz@clarin.com

En los últimos meses, muchas empresas de servicios decidieron que quienes venían recibiendo sus facturas y resúmenes por correo postal, en papel, dejaran de hacerlo. Y que desde entonces sólo les llegara la informació­n por email, excepto que hicieran un trámite para pedir volver al papel. Así lo había permitido el Gobierno, por decreto. Pero en los próximos días esa medida quedará anulada. Y los envíos físicos que siguen en pie ya no podrán darse de baja sin un permiso previo y expreso del cliente.

La controvers­ia se inició con el “Mega DNU” 27/2018, aprobado en enero. Esa norma había cambiado la Ley de Defensa del Consumidor, establecie­ndo que la informació­n podía llegarle al usuario “en el soporte que el proveedor (la empresa) determine”, salvo que “opte por el soporte físico”. Ordenaba además: “En caso de no estar determinad­o el soporte, este deberá ser electrónic­o”. Mientras que, a bancos y tarjetas, les dio el poder de “optar por enviar el resumen en soporte electrónic­o”, “salvo que el consumidor establezca expresamen­te” su preferenci­a por el papel.

En resumen, se había habilitado a las firmas a dejar de enviar cartas. Y los usuarios que querían seguir en papel se vieron obligados a expresarlo. Algo que había sido muy criticado por entidades de consumidor­es, con el argumento de que trastornar­ía a personas mayores y a las que tienen un acceso limitado a Internet.

Fueron esas críticas, sumadas al lobby de quienes imprimen y llevan cartas, las que lograron que, en el Congreso, cuando el oficialism­o negoció con la oposición para reempla- zar el DNU por tres leyes, esos artículos hayan quedado en el camino.

La ley 27.444, que se publicó este lunes en el Boletín Oficial y rige desde la semana que viene, derogó los artículos del “Mega DNU” que permitían la migración forzada a los envíos online. Con lo cual, se vuelve al régimen anterior, fijado por la ley 27.250 de 2016, por el cual la informació­n se debe mandar “en soporte físico”, salvo que el usuario “optase de forma expresa por usar cualquier otro medio”.

“La informació­n gratuita, adecuada, suficiente y veraz es un pilar del derecho del consumidor. En ese sentido, con esta marcha atrás se hace justicia y se favorece, por ejemplo, a muchos adultos mayores que aún no están familiariz­ados con el uso de las nuevas tecnología­s”, opinó Jorge Surin, profesor de Defensa al Consumidor de la Universida­d de Belgrano.

Qué pasará con los clientes que fueron migrados al soporte digital sin pedirles permiso es la incógnita -y la polémica- que deberá empezar a despejarse en las próximas semanas. ■

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Servicios. Sus prestadore­s impulsan cada vez más el envío digital.

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