Adiós a los análisis prenupciales: ya no son obligatorios
Eran de sangre, para evitar enfermedades venéreas. “Ya se trata de un paso obsoleto”, explican.
Ochenta años atrás, que una pareja conviva antes de pasar por el Registro Civil era una situación por demás particular. Idéntica era la concepción sobre la intimidad sexual de los novios antes de que compartieran alcoba, por lo que al momento de formalizar una relación, por ley, se les exigía someterse a una revisión médica y entregar un certificado prenupcial antes de dar el sí.
Lo curioso es que dicha reglamentación se mantuvo vigente hasta hace unos días, cuando mediante una disposición publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires se eliminó la obligatoriedad de este paso para casarse. Ahora, la presentación o no de los estudios queda a elección de los futuros cónyuges.
El cambio lleva la firma del director del Registro Civil -que depende del Ministerio de Gobierno porteño-, Mariano Cordeiro. El funcionario explica que el requisito respondía a “evitar la trasmisión de supuestas enfermedades venéreas, que por la época eran muy comunes, principalmente atendiendo a la realidad socio-histórica de aquel momento”.
Se refiere a la ley nacional 12.331 que data de 1937, donde se establece que “las autoridades sanitarias deberán propiciar y facilitar la realización de exámenes médicos prenupciales, como así también que los jefes de los servicios médicos nacionales y aquellos que las autoridades nacionales determinen, estarán facultados para expedir certificados a los futuros contrayentes que así lo soliciten, siendo obligatorio para los masculinos que hayan de contraer matrimonio”.
En 1965 se sancionó la ley nacional 16.668, extendiendo la obligatoriedad del certificado prenupcial para las mujeres, en iguales condiciones que los practicados a los hombres. Y desde entonces, este formalismo se cumple junto con el resto de los trámites que anteceden a la firma del acta de casamiento. Hasta ahora.
Haciendo uso de la autonomía jurídica y de legislación con la que dispone la Ciudad de Buenos Aires, este paso que se considera obsoleto para el contexto de relaciones actuales fue eliminado de los requisitos que se exigen para el matrimonio. Así, la normativa porteña se suma a la que ya rige en provincias como Chaco, San Juan, Santa Cruz, Salta, Mendoza, Santiago del Estero, Misiones y Tierra del Fuego, donde el trámite tampoco es obligatorio.
El examen prenupcial consiste en un análisis de sangre. Hasta ahora, debía hacerse siete días hábiles antes de la fecha del casamiento en hospitales públicos o en clínicas privadas de la Ciudad. Si se realizaban en otra jurisdicción, había que legalizarlos ante la autoridad sanitaria local.
La eliminación de esta exigencia se suma al resto de cambios y flexibilizaciones que el Registro Civil viene ofreciendo a las parejas que buscan formalizar su vínculo, como los casamientos en lugares emblemáticos o en domicilios privados. Todas iniciativas que apuntan no solo a facilitar el proceso, sino también a convertir al momento del “Sí, acepto” en una celebración en sí misma. ■