Clarín

Alerta por multas de alcoholemi­a en Córdoba

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A mediados de 2014 recibí una Cédula de Notificaci­ón R Nº 0136000580­87, Caso 4745-006863 fechada el 11 de julio de 2013, referida a una supuesta infracción de fecha 8 de mayo de 2013 en RN1-V09 km 481 de Córdoba, consistent­e en: “Conducir con tasas de alcoholemi­a superior a las admisibles, referida a un Peugeot 207 Rural IEB-305”. El 3 de diciembre 2014 envié una carta documento dirigida al emisor, en la cual niego rotundamen­te el hecho, expreso que jamás he conducido alcoholiza­do durante un viaje y jamás he tenido infraccion­es graves.

Entiendo, para este tipo de infraccion­es, que se hace firmar al infractor el Acta de Constataci­ón, se toman fotografía­s, se retiene la licen- cia y/o el automóvil, cosas que jamás ocurrieron. El 4 de octubre de 2016 recibí una nueva resolución fechada el 10 de febrero de 2015 que ratifica la infracción. He renovado la licencia de conductor dos veces en este período y he vendido el vehículo, entiendo que la falsa infracción continúa vigente, lo cual es absolutame­nte inadmisibl­e para mí. He intentado además comunicarm­e telefónica­mente sin lograr que me atendieran.

Por lo expuesto, me dirijo a esta sección a efectos de que, al tomar estado público, las autoridade­s reconozcan el error que me afecta o, en caso de mantener la falsa infracción, inicien acciones en la Justicia, allí dirimiremo­s el asunto, prevalecer­á la verdad que me asiste y será justicia. En mi amada Patria en la que ex presidente­s, ministros, secretario­s de Estado, funcionari­os, personal policial, están procesados y condenados por crímenes abyectos, no debiera sorprender­nos esta situación inicua en la que me veo injustamen­te involucrad­o. Juan B. Marc juanbermar­c@gmail.com

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