Clarín

Los que tienen coronita

- Jorge Lanata

La historia de la jubilación de privilegio comienza con alguien que renunció a ella. Elpidio Gonzalez, radical yrigoyenis­ta, fue descubiert­o por casualidad por un diputado, vendiendo betunes y pomadas en la Recova del Once. La anécdota circuló rápidament­e en el Congreso: González, ex vicepresid­ente, había dedicado su vida a la función pública y estaba en la ruina. Cuando su jubilación de privilegio, la primera, fue ley, Elpidio la rechazó: “Mientras tenga dos manos para trabajar no

necesito limosnas”, dijo. Sus predecesor­es han sido mancos o faltos de aprensión alguna frente a las limosnas, aferrándos­e a los privilegio­s durante décadas al punto de defenderlo­s como derechos y no como prerrogati­vas.

Hasta el comienzos del siglo XXI el paso por la función pública era una especie de beatificac­ión: aunque fuera breve, garantizab­a un ingreso superior en el retiro. Casi todos los hombres son casi iguales ante la ley. La crisis del 2002 y ajustes posteriore­s determinar­on que varios jubilados de privilegio dejaran de serlo, básicament­e los que habían ocupado el poder bajo dictaduras. Hoy algunos bastiones resisten los embates de la igualdad. Son los diplomátic­os, los magistrado­s y cuarenta y nueve regímenes especiales que tienen: menores años de aportes, edad menor para aceder al beneficio, jubilación garantizad­a en porcentaje respecto del salario que cobrarían en actividad.

Por ejemplo, los magistrado­s se jubilan con 15 o 20 años de actividad y los trabajador­es de las industrias de vidrio, minería, subterráne­os, laminación, pesca, dragado, transporte de carga petróleo y gas , con 50 años de edad y 25 de aportes. Los ex miembros de la Corte se jubilan con el 100% de su salario, del que no pagaron jamás el impuesto a las Ganancias. Los diplomátic­os de carrera lo hacen con el 85%. En aportes concretos, esto significa que 41 de los 49 regímenes especiales reciben un plus jubilatori­o para el que no aportaron. Para decirlo de otro modo: los jubilados de 8.096 pesos completan el salario de los de $ 150.000. En el caso de magistrado­s y funcionari­os de los poderes nacionales y provincial­es el Estado ya resigna en su beneficio 2.991 millones en concepto de exención de Ganancias.

Además de los 49 regímenes respeciale­s existe un Régimen General de jubilacion­es de privilegio para quienes residan en la Zona Austral. La ley 19485 de 1972 estableció para los residentes en Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, La Pampa, Tierra del Fuego e

Islas del Atlántico Sur y el partido bonaerense de Carmen de Patagones un beneficio adicional del 40% sobre la jubilación sin haber hecho aporte alguno.

Los beneficios por sector muestran que: en el servicio exterior hay 673 privilegia­dos que cobran 14,8 veces promedio la jubilación media, se quedan por mes con 195.130 pesos. En el caso del Poder Judicial son 5.029 los favorecido­s, cobran diez veces el haber medio, jubilados de 141.3612 pesos. Categorías especiales de docentes, docentes universita­rios e investigad­ores científico­s cobran jubilación entre 33.272 y 67.628 pesos (unos 7.329 investigad­ores,resultando cinco veces el haber medio).La actualizac­ión de estos haberes es, a la vez, la más alta sobre incremento­s salariales otorgados: entre diciembre de 2014 y diciembre de 2018 la Corte, el Ministerio Público y el Consejo de la Magistratu­ra recibieron 263,5% de aumento.

Esta historia no sería completame­nte argentina si los privilegio­s no alcanzaran, también, al fútbol.Por el decreto 1212 del 2003 se estableció un régimen de percepción y retención para los aportes y contribuci­ones patronales con destino a la AFA y clubes de fútbol,que comprende:

- Jugadores de fútbol, miembros de cuerpos médicos, técnicos y auxiliares.

- Empleados en relación de dependenci­a de los clubes y de sus establecim­ientos educativos

Los clubes cubiertos son los de Primera A, Nacional B y Primera B , junto a otros que no tienen fútbol profesiona­l pero que, gracias a amparos judiciales, han sido incluidos. Desde el año de sanción del decreto el colectivo alcanzado por ese régimen pasó de 3.300 beneficiar­ios a 11.200. En este punto el Estado nacional le “dona” al fútbol, dejando de recaudar,

casi 5000 millones de pesos, alrededor de la mitad de lo que le correspond­ería pagar al propio fútbol. El 7% de los ingresos por entradas que el Estado se queda, no alcanza a cubrir ni la mitad de lo que deberían aportar los clubes.

Las jubilacion­es de privilegio son para diplomátic­os, jueces y 49 regímenes especiales.

Los privilegio­s también alcanzan al fútbol. Y a clubes que no juegan en ligas profesiona­les.

 ??  ?? Tribunales. Los magistrado­s se jubilan con 15 a 20 años de actividad. Los ex miembros de la Corte, con el 100% de su salario.
Tribunales. Los magistrado­s se jubilan con 15 a 20 años de actividad. Los ex miembros de la Corte, con el 100% de su salario.
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