“Alerta consorcios: deudas invisibles que se tornan impagables”
Pertenezco a un consorcio de la ciudad de Buenos Aires sin inconvenientes aparentes, administrado por una persona durante 13 años que renunció en mayo de 2018 aludiendo cansancio y mucha tarea. No me cerró y de acuerdo con otros consorcistas, fui a AFIP y allí me informaron que tenemos una deuda de aproximadamente $ 30.000 (hasta ahora) por motivos varios: pagos, aportes de seguridad social, contribuciones, IVA, regímenes de información...
Nosotros hemos sido ingenuos, pero todo ciudadano civil que no haya hecho el curso de administrador o sea contador público ni idea tenemos de que estas cosas pueden pasarnos. La pregunta del millón es por qué AFIP no informa al consorcio, cuyos titulares son personas físicas y los dueños del dinero que administra la empleada contratada a esos efectos, que tenemos una deuda desconocida (y al menos una vez al año, para no desayunarnos después de años).
La administradora posee una clave fiscal que ella sola maneja y así nos va. La clave fiscal deberían tenerla los integrantes del Consejo de Administración del edificio o un copropietario que designe la Asamblea. De esta forma, si hay una deuda o multa, se enterarán de forma inmediata. y no les sucederá lo que a nosotros.
Pongo el ejemplo de AySA: nuestro consorcio recibe una boleta total por el consumo de todo el edificio y el importe se agrega a cada expensa. Una vez la administradora olvidó pagar AySA y ésta envió a cada consorcista una nota de que se debía el agua. Un ejemplo para que lo imite AFIP.
Tengo entendido que AFIP le envía cartas y/o mails a todo aquella persona física que tenga una deuda. Nosotros, los del consorcio, también somos personas físicas y merecemos ser notificados fehacientemente cuando ocurra una mora. Para no ser morosos sin haberlo querido. Es una idea para que a todo consorcio lo pongan en alerta y no le ocurra algo similar.
Los administradores están inscriptos en el Registro Público de Administradores de Consorcios del Gobierno de la Ciudad. Pero evidentemente ni este registro ni la AFIP ni ANSeS sirve para que la mora que produzca el administrador alcance a los copropietarios en general, como en nuestro caso. Rosa Amelia Paz rpaz25@hotmail.com