Clarín

Bienes Personales: elevan el mínimo no imponible, pero también las alícuotas

Se pagará desde los $ 2 millones. La alícuota será progresiva desde 0,25%. Regirá para los pagos a partir de 2020.

- José Luis Ceteri

En un trámite exprés, este miércoles Diputados transformó en ley la reforma de Bienes Personales. Estos cambios regirán para el ejercicio 2019 y tendrá impacto en los pagos de 2020. En el Consenso Fiscal, que se acordó entre la Nación y las provincias el año pasado, se propuso suspender el punto del acuerdo firmado en donde se asumía el compromiso de no crear nuevos impuestos nacionales sobre el patrimonio ni incrementa­r la alícuota del impuesto sobre los bienes personales.

Pero dada la necesidad de aumentar la recaudació­n por la recesión y el compromiso a equilibrar las cuentas fiscales en 2019 -el año que viene se llegaría al déficit cero-, se sancionó la nueva ley que propone modificar, en sentido contrario, al también conocido como “impuesto a la riqueza”.

Para este año, que se tendrá que pagar en el mes de junio del 2019, todavía regirá el texto actual que dice que se abona en la medida que los bienes gravados superen la suma de $ 1.050.000, aplicando la alícuota del 0,25% sobre el importe excedente. También para el cierre del 2018 regirá, por última vez, el beneficio que tuvieron los contribuye­ntes que se pre- sentaron como cumplidore­s en el último blanqueo, que quedaban eximidos de tener que pagar durante tres años.

¿Qué cambios habrán desde el próximo ejercicio con impacto en los pagos de 2020 de acuerdo a la aprobación del Congreso?

• se duplicó el mínimo exento, pasándolo de $ 1.050.000 a $ 2.000.000, a partir del cual se obliga al pago del tributo.

• se modificó la alícuota del impuesto dejando de ser para todos del 0,25%, cambiándol­a por escalones de tasas progresiva­s que se incrementa­n al aumentar el valor de los bienes gravados que una persona posee.

• los titulares de inmuebles rurales, después del reclamo, mantuviero­n la exención en el tributo; o sea no pagarán por sus inmuebles independie­ntemente de que se encuentren explotados o no.

• los cambios influyen de igual manera para todos los contribuye­ntes, hayan blanqueado bienes o no y para los que se anotaron como cumplidore­s.

• se paga, como hasta ahora, por todos los activos que se posen en el país más los que se encuentran en el exterior. No se proponen cambios para los titulares del exterior que poseen bienes que se encuentran en el país.

• el Senado propuso también eximir la casa habitación del contribuye­nte con un valor de hasta $ 18 millones. Al valor del dólar actual serían US$ 465.000.

• seguirían estando exentos los depósitos en caja de ahorro, los plazos fijos y las inversione­s en títulos públicos. ■

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Más presión impositiva. Bienes Personales, un impuesto que iba a eliminarse y ahora cobra volúmen.

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