Encuadramiento sindical, una rémora corporativa que ya lleva 75 años
Los gobiernos afirman ante la OIT que defienden la libertad sindical. Pero hasta ahora no cumplen.
Ex ministro de Trabajo
Nuestro sistema de relaciones laborales es una obra de ingeniería de matriz corporativa; un entramado que fue perfeccionándose a lo largo de sus 75 años de vida, pese a los embates constitucionales de 1957 y 1994, enfáticos en su compromiso con la Libertad Sindical.
El régimen de “encuadramiento sindical”, que concede a la Confederación General del Trabajo (CGT) y al Estado facultades para decidir quién representa a quién, es la clave de bóveda del edificio que no sintoniza con los principios de la OIT y de nuestra Constitución.
A contramano de los ordenamientos laborales avanzados, en la Argentina la pertenencia de un trabajador a tal o cual organización sindical no depende de su voluntad individual sino de un complejo procedimiento en donde son las estructuras con personería gremial las que pujan por llevar trabajadores (y sus cuotas voluntarias y obligatorias), a su propio y singular molino.
En esta puja, a nadie se le ocurrirá consultar a los trabajadores, siendo instancias burocráticas las encargadas de laudar. La “decisión” se ajustará, bien al cotejo de ámbitos de representación funcional definidos en cada uno de los Estatutos de los sindicatos con personería gremial en liza, o bien resultará de pactos como el que suscribiera el Sindicato de Camioneros con el presidente Kirchner, cuando no de las relaciones de fuerzas existentes en el interior de la CGT.
Nuestro sistema adquirió carácter monolítico con la Ley de Obras Sociales con la que el dictador Juan Carlos Onganía intentó evitar la “marea roja” y restringir a la resistencia peronista.
La historia demostró que aquella monumental concesión no sirvió a los fines que la inspiraron.
Apunto que nuestro modelo sindical resultó levemente erosionado al permitirse a los trabajadores elegir Obra Social, sin tener en cuenta su encuadramiento sindical ni convencional. Y cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación adoptó una línea constitucionalista pronto abandonada.
Como resultado de estos vaivenes, un trabajador puede pagar su cuota de afiliación al sindicato de su preferencia, ajustarse a las condiciones de trabajo pactadas por un sindicato distinto, y pertenecer a una Obra Social que nada tenga que ver con ninguna de las dos estructuras anteriores.
Esto, que parece un tema menor, altera sustancialmente las reglas de la democracia interna de los sindicatos, en tanto hay un quiebre entre la libre elección del trabajador y la vida interna de las organizaciones que le representan más allá de su voluntad y por un acto del príncipe.
A estas alturas, uno podría preguntarse ¿Por qué este sistema contrario a la Libertad Sindical se mantiene incólume?
Las respuestas son varias y convergentes, y oscilan entre la propaganda y el oportunismo:
• Los grandes sindicatos sostienen que de la intangibilidad del modelo depende la fuerza de los trabajadores. • Las Cámaras representativas del viejo modelo industrial entienden que las direcciones sindicales tradicionales detienen a las izquierdas. • A su vez, los gobiernos ven en cualquier reforma estructural una amenaza a la paz social y prefieren utilizar los recursos del sistema de obras sociales como elemento de presión para serenar explosiones reivindicativas.
Desde mi punto de vista, las presiones que algunos grandes sindicatos dirigen hoy contra empresas o sectores de la nueva economía son contrarias a la Libertad Sindical que, por enésima vez, la Argentina se comprometerá a garantizar cuando suscriba el Tratado entre el Mercosur y la Unión Europea. ■
El sistema adquirió carácter monolítico cuando Onganía buscó parar la “marea roja”.