Caso D’Alessio: Santoro pidió al juez que no viole su secreto profesional
Los abogados de Daniel Santoro pidieron el lunes al juez federal de Dolores Alejo Ramos Padilla la destrucción inmediata del informe con las llamadas entrantes y salientes del celular del periodista de Clarín existente en la causa D'Alessio para evitar una violación al secreto profesional periodístico consagrado por el artículo 13 de la Constitución Nacional y varios tratados internacionales.
Los letrados Mauricio de Nuñez y Guido Sciarreta advirtieron que la difusión de ese informe con las llamadas de los últimos tres años constituyen una radiografía de las fuentes de información del periodista las cuales han asumido riesgos laborales y hasta sobre su integridad física al darle información para sus investigaciones. La Constitución reformada de 1994 consagra el secreto profesional periodístico y, además, fallos de la Cámara Federal porteña en los casos Thomas Catan y Matías Longoni lo extendieron a las comunicaciones, las libretas de apuntes y los documentos de los periodistas, entre otros antecedentes.
Santoro fue indagado el 17 de julio pasado por el juez Ramos Padilla y el fiscal Juan Pablo Curi como sospechoso de integrar una supuesta banda de espionaje nacional e internacional que había liderado D'Alessio y en las próximas semanas el magistrado deberá definir su situación procesal. En la indagatoria el periodista respondió todas las preguntas y pidió la destrucción de ese informe de Telefónica con todas sus llamadas lo que fue avalado por FOPEA, ADEPA, la Academia Nacional de Periodismo, El Comité de Protección de Periodistas de Nueva York, el constitucionalista Daniel Sabsay y una solicitada firmada por más de 600 periodistas, entre otros. Santoro fue uno de los más de 20 periodistas que tenían a D'Alessio como fuente y el único en ser llamado a indagatoria. El debate sobre los derechos de Santoro se convirtió en un caso testigo parala protección de las fuentes en Argentina y el resto de América Latina.
En su indagatoria, Santoro “tampoco relevó el secreto profesional que protege sus fuentes y, conforme surge de esta presentación, tampoco lo hará ni lo consentirá”.
Los letrados destacaron que “la labor periodística, y en este caso la cobertura de casos judiciales y de corrupción estatal -como los que suele cubrir el señor Santoro- donde se compromete el normal funcionamiento de distintos estamentos institucionales y su posible enredo con factores del crimen organizado, remite a un contexto de opiniones sobre temáticas vinculadas con el interés público”.
“En una sociedad democrática, la prensa debe informar ampliamente sobre cuestiones que afectan bienes sociales y los funcionarios rendir cuentas de su actuación en el ejercicio de sus tareas públicas", según estableció la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el caso "Kimel vs. Argentina".
La carta magna argentina destaca que “entre las libertades que la Constitución Nacional consagra, la de prensa es una de las que posee mayor entidad, al extremo que sin su debido resguardo existiría tan solo una democracia desmedrada o puramente nominal”.
“Es evidente que también se pone de manifiesto que lo que también se encuentra en juego es el principio de la racionalidad de los actos de gobierno, el cual encuentra anclaje en la forma republicana y el sistema representativo y federal que adopta la Constitución Nacional sobre cuya base se resguarda la libertad de expresión y de opinión por medio de la prensa, la cual no admite ningún tipo de censura”, agregaron los abogados de Santoro. ■