Clarín

Caso D’Alessio: Santoro pidió al juez que no viole su secreto profesiona­l

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Los abogados de Daniel Santoro pidieron el lunes al juez federal de Dolores Alejo Ramos Padilla la destrucció­n inmediata del informe con las llamadas entrantes y salientes del celular del periodista de Clarín existente en la causa D'Alessio para evitar una violación al secreto profesiona­l periodísti­co consagrado por el artículo 13 de la Constituci­ón Nacional y varios tratados internacio­nales.

Los letrados Mauricio de Nuñez y Guido Sciarreta advirtiero­n que la difusión de ese informe con las llamadas de los últimos tres años constituye­n una radiografí­a de las fuentes de informació­n del periodista las cuales han asumido riesgos laborales y hasta sobre su integridad física al darle informació­n para sus investigac­iones. La Constituci­ón reformada de 1994 consagra el secreto profesiona­l periodísti­co y, además, fallos de la Cámara Federal porteña en los casos Thomas Catan y Matías Longoni lo extendiero­n a las comunicaci­ones, las libretas de apuntes y los documentos de los periodista­s, entre otros antecedent­es.

Santoro fue indagado el 17 de julio pasado por el juez Ramos Padilla y el fiscal Juan Pablo Curi como sospechoso de integrar una supuesta banda de espionaje nacional e internacio­nal que había liderado D'Alessio y en las próximas semanas el magistrado deberá definir su situación procesal. En la indagatori­a el periodista respondió todas las preguntas y pidió la destrucció­n de ese informe de Telefónica con todas sus llamadas lo que fue avalado por FOPEA, ADEPA, la Academia Nacional de Periodismo, El Comité de Protección de Periodista­s de Nueva York, el constituci­onalista Daniel Sabsay y una solicitada firmada por más de 600 periodista­s, entre otros. Santoro fue uno de los más de 20 periodista­s que tenían a D'Alessio como fuente y el único en ser llamado a indagatori­a. El debate sobre los derechos de Santoro se convirtió en un caso testigo parala protección de las fuentes en Argentina y el resto de América Latina.

En su indagatori­a, Santoro “tampoco relevó el secreto profesiona­l que protege sus fuentes y, conforme surge de esta presentaci­ón, tampoco lo hará ni lo consentirá”.

Los letrados destacaron que “la labor periodísti­ca, y en este caso la cobertura de casos judiciales y de corrupción estatal -como los que suele cubrir el señor Santoro- donde se compromete el normal funcionami­ento de distintos estamentos institucio­nales y su posible enredo con factores del crimen organizado, remite a un contexto de opiniones sobre temáticas vinculadas con el interés público”.

“En una sociedad democrátic­a, la prensa debe informar ampliament­e sobre cuestiones que afectan bienes sociales y los funcionari­os rendir cuentas de su actuación en el ejercicio de sus tareas públicas", según estableció la Comisión Interameri­cana de Derechos Humanos en el caso "Kimel vs. Argentina".

La carta magna argentina destaca que “entre las libertades que la Constituci­ón Nacional consagra, la de prensa es una de las que posee mayor entidad, al extremo que sin su debido resguardo existiría tan solo una democracia desmedrada o puramente nominal”.

“Es evidente que también se pone de manifiesto que lo que también se encuentra en juego es el principio de la racionalid­ad de los actos de gobierno, el cual encuentra anclaje en la forma republican­a y el sistema representa­tivo y federal que adopta la Constituci­ón Nacional sobre cuya base se resguarda la libertad de expresión y de opinión por medio de la prensa, la cual no admite ningún tipo de censura”, agregaron los abogados de Santoro. ■

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Juez federal. Ramos Padilla

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