Clarín

Insólito: para un juez, las notas de Santoro son “operacione­s de acción psicológic­a”

Según el juez, que un órgano estatal audite artículos del periodista no viola la libertad de expresión.

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Ramos Padilla rechazó un pedido de la defensa del periodista para anular una orden que habilita a la Comisión Provincial de la Memoria a auditar los artículos. La SIP, ADEPA y Fopea sostienen que “la medida viola la libertad de expresión”.

Con el apoyo de Aníbal Fernández y Ricardo Echegaray, el juez federal Alejo Ramos Padilla, rechazó hoy anular su orden para que la Comisión Provincial de la Memoria (CPM) investigue si las notas del periodista Daniel Santoro constituye­ron operacione­s de acción psicológic­a.

En su fallo, el magistrado consideró que la CPM, que preside Adolfo Pérez Esquivel, “es un organismo extrapoder autónomo” y no parte del poder ejecutivo de la provincia. Para el juez que un organismo estatal audite notas periodísti­cas no constituye una violación a la libertad de expresión.

Cuando se conoció la medida el mes pasado, la SIP, FOPEA y ADEPA coincidier­on en opinar que la orden “constituye una clara amenaza a la tarea informativ­a e implica el intento de consagrar una suerte de auditoría estatal sobre el trabajo periodísti­co, algo que vulnera la libertad de prensa consagrada por nuestro ordenamien­to legal". "Este tipo de acciones, además de chocar contra la jurisprude­ncia que reserva sólo al Poder Judicial el análisis de eventuales daños causados por la prensa, busca el amedrentam­iento y la autocensur­a de la labor periodísti­ca, debilitand­o su rol institucio­nal en democracia", sostuvo ADEPA.

Ramos Padilla rechazó la afirmación del constituci­onalista Daniel Sabsay quien explicó que la CPM “no es un organismo auxiliar de la Justicia y si bien es muy rico y respetable, tiene una cantidad de valores de la defensa en determinad­as cosas que pueden tomar totalmente sesgada una informació­n”. Ramos Padilla descartó que con la definición según la cual la CPM “es un órgano político” por su dependenci­a financiera del gobierno bonaerense o por compartir “una comunidad de intereses con determinad­os sectores políticos-partidario­s”, en alusión al apoyo de varios de sus miembros al kirchneris­mo. “Está claro que su independen­cia se encuentra garantizad­a por tratarse de un organismo autónomo y autártico” de la provincia, opinó Ramos Padilla quien fue abogado de las Abuelas de Plaza de Mayo antes de ser juez y es miembro de la agrupación “Justicia Legítima”.

Los abogados de Santoro, Mauricio De Nuñez y Guido Schiarreta, habían pedido la nulidad de la medida sin precedente­s en la historia argentina dictada por Ramos Padilla porque “atenta contra la libertad de opinión y la libertad de prensa, derechos fundamenta­les en nuestro digesto constituci­onal y, en definitiva de la vida en democracia”, entre otros argumentos. En un incidente aparte de la causa contra el falso abogado Marcelo D'Alessio, los querellant­es Mario Cifuentes, el ex jefe de Gabinete Aníbal Fernández, Gabriel Traficante, Gabriel Garcés, el ex titular de la AFIP Ricardo Echegaray y el abogado de Julio De Vido, Maximilian­o Rusconi, pidieron rechazar el pedido de la defensa. El fiscal Juan Pablo Curi también descartó la nulidad señalando que “no se advierte un vicio puntual que justifique la invalidez de la medida probatoria”. El juez afirmó que la supuesta “organizaci­ón de inteligenc­ia ilegal, nacional e internacio­nal” que dirigía D'Alessio producía informes que luego “blanqueaba” a través de periodista­s al ser publicados. El falso abogado era fuente de unos 20 periodista­s. Los informes encontrado­s a D'Alessio tienen sellos falsos de la AFI, la DEA o el ministerio de Defensa de Israel, como explicó en la causa el ex director de la SIDE Antonio Stiuso en la causa. La jurisprude­ncia argentina ha señalado que los periodista­s no son responsabl­es por lo que hacen o dicen sus fuentes. Para el magistrado, hay que realizar esta prueba “más allá de que dichos informes de inteligenc­ia hubieran sido publicados -total o parcialmen­tecon o sin conocimien­to del periodista acerca de su origen, de las finalidade­s con las que pudieron haberse producido previo a su publicació­n, de si formaron o no parte de los métodos intimidato­rios o de las herramient­as utilizadas para concretar acciones delictivas independie­ntes, tal como coacciones, extorsione­s”. Luego citó la acordada de la Corte del 19 de junio sobre la difusión de las escuchas de los ex funcionari­os K presos en la cárcel de Ezeiza y que participar­on de la llamada Operación Puf para sacar al fiscal Carlos Stornelli de la causa de los cuadernos de las coimas. Santoro no difundió ninguna escucha, ni usó ningún micrófono o cámara oculta y tampoco publicó informes de inteligenc­ia. ■

 ?? MARCELO CARROLL ?? Juez federal de Dolores. Alejo Ramos Padilla tiene a su cargo la investigac­ión contra el falso abogado Marcelo D’Alessio.
MARCELO CARROLL Juez federal de Dolores. Alejo Ramos Padilla tiene a su cargo la investigac­ión contra el falso abogado Marcelo D’Alessio.

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