Le dan por aprobado el secundario a una chica superdotada que no lo cursó
La Justicia validó un título a distancia que obtuvo la alumna, que tiene 15 años y ya empezó la universidad.
El 12% de la población de estudiantes del país tiene altas capacidades intelectuales o, para decirlo llanamente, es superdotada, según la Sociedad Argentina de Padres y Educadores de Niños Superdotados (Sapyens). La presidenta de la entidad, Andrea Vázquez, es contundente al hablar sobre la educación de estas personas: “La escuela siempre puede hacer algo, pero no está dispuesta a contener a estos chicos y chicas con capacidades elevadas”.
El dato estadístico se vincula directamente con un fallo inédito de la Sala III de la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Entre Rios, integrada por Andrés Manuel Marfil, Valentina Ramirez Amable y Virgilio Alejandro Galanti.
El Tribunal resolvió -después de dos años de proceso- que una adolescente de 15 años, superdotada, no deberá cursar ni rendir libres los contenidos exigidos en Argentina para el ciclo secundario, según dio a conocer el portal Eldial.com. Es decir, se lo dio por aprobado porque se tomó en cuenta un título a distancia que había aprobado la chica.
“Este tipo de fallo sentará jurisprudencia. Son muchos los chicos de estas características en la Argentina. Sólo en la provincia de Buenos Aires hay alrededor de 700.000”, afirma Daniel Ricart, contador público recibido en 22 meses, escritor, educador y titular de una fundación que apoya a los “niños talentosos”.
“Este es uno de esos casos en los que la Justicia termina resolviendo lo que el sistema educativo es incapaz de hacer, más allá de que el artículo 93 de la Ley de Educación Nacional nos habla de cómo el sistema debe flexibilizarse ante chicos/as con altas capacidades intelectuales”, reflexiona Cristina Lovari, coordinadora nacional de Educación Inclusiva.
La adolescente entrerriana cuyas iniciales son B.R. -su identidad se preserva- acreditó haber cumplido el secundario al obtener un título en Estados Unidos. También exhortó al Consejo General de Educación (CGE), de Entre Ríos, a contemplar los casos de niños, niñas y adolescentes con superdotación que no encuentren un marco académico que los contenga.
El caso cobró estado público a partir de un pedido del Defensor Público, a instancias del Consejo General de Educación, quien solicitó que se declare la obligatoriedad de la educación secundaria presencial de la chica superdotada en una institución educativa estatal y su inclusión en un espacio terapéutico a los fines de promover su sociabilización.
En su conclusión, uno de los camaristas expuso: “Si bien la solución educativa que adoptó la recurrente fue heterodoxa, lo cierto es que no puede entenderse de otro modo que no sea ejercer por sí el derecho de educarse ante la ineficiencia del sistema educativo local para dar una respuesta acorde a su especial situación”. Otro juez argumentó: “Es relevante que la adolescente ya terminó la secundaria y se le han abierto las puertas al ingreso a la universidad, con lo cual retrogradar sus posibilidades sería incongruente”.
La Sala III admitió el recurso y dio validez al título obtenido por la joven en Estados Unidos, porque estaba reconocido por el Ministerio de Educación de la Nación y era habilitante para su ingreso en la Universidad Nacional del Litoral, donde hoy cursa la licenciatura en Matemáticas.
Según pudo averiguar Clarín, es la primera vez que la Justicia argentina intima a que se cumpla el artículo. 93 de la Ley de Educación. Sólo la cumplen Salta y Jujuy. ¿Qué dice el artículo 93? “Las autoridades educativas facilitarán el diseño de programas para la identificación, seguimiento y orientación de los alumnos con capacidades o talentos especiales y la flexibilización del proceso de escolarización”. ■