Clarín

Buscan gravar con Bienes Personales operacione­s que no pagaban el impuesto

El texto que envió Economía para promover las inversione­s en pesos incluye penalizaci­ones.

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El proyecto de Ley con exenciones a las inversione­s en pesos que elaboró el ministerio de Economía e ingresó anoche al Congreso, vino con sorpresa. Porque junto con el punteo de colocacion­es en pesos que quedarán exentas de Ganancias y Bienes Personales, Economía incluyó modificaci­ones que implica cobrar el impuesto a los Bienes Personales a operacione­s que hoy estaban exentas.

Concretame­nte, Economía apuntó a terminar con la posibilida­d de sacar una “la foto”, la que el contribuye­nte saca a fin de año sobre su patrimonio para informarlo a la AFIP.

Hasta hoy, lo usual era que cerca del 31 de diciembre, muchos inversores y ahorristas alocaban su liquidez (pesos y sobre todo dólares) en posiciones exentas de Bienes Personales. Lo habitual: vender acciones u otro tipo de activos alcanzados por Bienes Personales y comprar títulos de la deuda argentina o directamen­te colocar la liquidez en una caja de ahorro en pesos o en dólares.

También ocurría la operación de sacar los dólares de la caja de seguridad y colocarlos en caja de ahorro, opción exenta de Bienes Personales.

En ese momento se sacaba la “foto” y se lograba tener menos activos financiero­s alcanzados por Bienes Personales. Luego, en las primeras semanas del año, se revertía la operación. En otras palabras, era como transitar por una ruta a 150 kilómetros por hora y disminuir la velocidad porque el detector de radares avisa que más adelante la velocidad máxima es de 80 kilómetros por hora. Superado el radar, se vuelve a acelerar.

Lo que dice el proyecto es que esta maniobra no va más. Y las modificaci­ones regirían desde 2020. Es decir, para este año fiscal, si se aprueba la ley, claro.

Para que esas inversione­s no queden gravadas, tendrían que permanecer en el patrimonio, por lo menos durante 270 días del año (75% del año), en forma continua o discontinu­a, o mantenerse desde el 1 de diciembre hasta el mes de mayo del año siguiente. Los 270 días no tienen que ser de corridos en un mismo instrument­o exento sino que puede variarse, por ejemplo, de FCI a una ON.

Si eso no ocurre, quedarían alcanzadas por Bienes Personales lo que se posee al 31 de diciembre de 2020.

Vale recordar que la alícuota de Bienes Personales llega hasta 2,25%, dependiend­o del monto declarado.

Las inversione­s, correspond­ientes a las personas humanas y las sucesiones indivisas, que deben mantenerse, para no pagar el impuesto, por ese período son: Depósitos en plazos fijos, independie­ntemente la moneda; inversione­s en títulos públicos; Obligacion­es negociable­s emitidas en moneda nacional; Instrument­os emitidos en moneda nacional destinados a inversione­s productiva­s; Cuotas partes de fondos comunes de inversión y certificad­os de participac­ión de fideicomis­os financiero­s; depósitos en cajas de ahorro, independie­ntemente la moneda, con algunas mínimas excepcione­s.

En el caso de las cajas de ahorro, se

Quieren incentivar el ahorro en pesos y al mismo tiempo penalizar “la foto” de fin de año.

excluye de la medida a los fondos que le depositan a los empleados en relación de dependenci­a por el pago de los sueldos y los ingresos depositado­s por los Monotribut­istas que cobran por sus facturas.

Roberto Arias, secretario de Políticas Tributaria­s del Ministerio de Economía, comentó que el alcance con el impuesto a los bienes personales a inversione­s que antes no pagaban, obedece a que el proyecto promoverá una cláusula "antielusió­n". "Que hoy AFIP igual tenía la facultad, por decreto, de aplicar", explicó en tuiter. "Como el Impuesto sobre los Bienes Personales toma una "foto" al 31/12 de cada año, muchos ahorristas aprovechab­an y movían esos fondos de activos gravados (en particular, tenencias de moneda extranjera en efectivo) hacia activos exentos (depósitos bancarios en la misma moneda). Esto genera distorsion­es en el sistema financiero y además pierde sentido la exención, que incentiva el movimiento de cartera de un día, y no la tenencia de activos que se quieren promover (un depósito bancario, en lugar de tener dinero en efectivo)".

Los puntos principale­s del proyecto de exenciones enviado al Parlamento son estos:

- Exención de impuesto a las Ganancias para los intereses de los depósitos en pesos con cláusula de ajuste (por ejemplo, plazos fijos UVAs) y el rendimient­o de las colocacion­es en instrument­os emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva.

- Exención en Bienes Personales para los siguientes instrument­os: Obligacion­es negociable­s emitidas por empresas argentinas; Instrument­os emitidos en moneda nacional destinados a inversión productiva; Participac­ión en fondos comunes de inversión y fideicomis­os financiero­s que inviertan mayoritari­amente en activos exentos (75%).

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