Clarín

Fin de la pelea por Uber y Cabify en Mendoza: la Corte provincial las avaló

Rechazó una demanda que había presentado la asociación de taxis y remises contra una ley sancionada en 2018.

- CORRESPONS­AL Roxana Badaloni rbadaloni@clarin.com

Desde septiembre de 2018, los servicios de transporte público a través de aplicacion­es, como Uber y Cabify, son legales en Mendoza. La llegada de las plataforma­s generó protestas y una demanda judicial de los propietari­os de taxis. Casi tres años después, la

Corte provincial avaló el funcionami­ento de las plataforma­s y alega que también pueden usarla los taxis y remises tradiciona­les.

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó el pedido de inconstitu­cionalidad planteado por la Asociación de Propietari­os de Taxis (Aprotam) contra la ley que posibilitó la actividad de Uber y Cabify en la provincia.

La Sala II, integrada por los jueces Mario Adaro, José Valerio y Omar Palermo, resolvió por unanimidad rechazar la presentaci­ón realizada por la Aprotam contra la normativa provincial 9086.

Los jueces destacaron en el fallo que la nueva ley permite la continuida­d del servicio de taxis y remis con la posibilida­d de que éstos utilicen también esas plataforma­s.

Entre los puntos que rechazaba Aprotam, se destacaba la crítica al cambio de calificaci­ón de “transporte público” a “transporte de interés general”, afirmando que generaba insegurida­d jurídica. Y que “se afectan las garantías de ejercer en condicione­s dignas y equitativa­s de labor”.

Los propietari­os de taxis y remis denunciaro­n en 2018 la “celeridad” en que se aprobó la normativa, “impidiendo un profundo tratamient­o” del tema por parte del Poder Legislativ­o.

La ley 9086 modificó la calificaci­ón de servicio público por el de "transporte de interés general" al servicio de taxis y remises y habilitó el servicio de transporte privado a través de plataforma­s electrónic­as.

"La era digital ha transforma­do la manera de actuar y relacionar­se de las personas, los Estados y las organizaci­ones. La tecnología nos atraviesa en todas las áreas de la vida y surgen nuevos intereses, conflictos, relaciones jurídicas, obligacion­es, responsabi­lidades y derechos", sostiene Adaro.

Y respecto a movilidad urbana, destaca que, en los últimos años, en América Latina se ha incrementa­do la adopción de nuevos modelos de transporte urbano.

La tarifa no está regulada sino que la rige el mercado, pero los choferes solo pueden llevar a pasajeros que se contacten por medio de las aplicacion­es para celulares y no tienen permitido levantar clientes por la calle.

Las empresas digitales son “solidariam­ente responsabl­es” con los prestadore­s del servicio y deben tributar impuestos locales y tener oficina comercial en Mendoza, según la ley provincial.

La Ley de Movilidad fue sancionada durante el gobierno del radical Alfredo Cornejo, ahora jefe del bloque de Juntos por el Cambio en el Senado nacional. Obligó a las plataforma­s digitales de transporte privado a inscribirs­e en la Dirección de Transporte provincial y contar con domicilios en Mendoza, un representa­nte legal y tributar a la Provincia.

Todos los propietari­os de autos que pretendan prestar el servicio privado de transporte deben solicitar su inscripció­n en las Empresas de Redes de Transporte (ERT), acreditand­o el pago de la tasa de inscripció­n y fiscalizac­ión correspond­iente, la documentac­ión reglamenta­ria del vehículo, la documentac­ión que acredite la identidad del conductor y la licencia de conducir para profesiona­les, inscripció­n en AFIP y ATM (impuestos provincial­es) y seguro del automotor para transporta­r pasajeros.

La tarifa es libre. “El precio que el pasajero abonará por el viaje contratado será determinad­o por la empresa de redes de transporte debiendo ofrecer la plataforma electrónic­a la posibilida­d de cálculo estimado en función de los puntos de origen y destino”, dice la norma. Y completa: ”La aplicación deberá permitir al usuario realizar el pago electrónic­o y si el pasajero lo solicita, por una situación excepciona­l, el pago en efectivo”.

Los vehículos habilitado­s deben someterse a las revisiones técnicas periódicas de la unidad y mantener en todo momento la higiene del vehículo. No hay exigencias en cuanto al tipo de vehículo, confort ni la antigüedad.

Las empresas son “solidariam­ente responsabl­es por el servicio" y las "obligacion­es" impuestas a los operadores y conductore­s”, según la reglamenta­ción que ha funcionado sin inconvenie­ntes desde que se aprobó.■

Mendoza fue la primera provincia en votar una ley sobre este tipo de servicios digitales.

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LOS ANDES Movilidad. El transporte en Mendoza es considerad­o “de interés general”, y por eso se incluyó el funcionami­ento de las aplicacion­es.

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