Clarín

Por qué la ley dice que el Gobierno debe fijar un salario mínimo

Está determinad­o en la Ley de Empleo. Milei dijo que no lo haría.

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A pesar de que, tras el fracaso de las negociacio­nes entre los gremios y las empresas, el presidente Javier Milei dijo que no fijará un salario mínimo, el Gobierno está obligado a “laudar” a través del secretario de Trabajo, Omar Yasin, de acuerdo a la legislació­n vigente. Y el titular de la CGT, Héctor Daer, le dijo a Clarín que van a reclamar que Trabajo laude y luego sea refrendado por el Poder Ejecutivo.

En declaracio­nes radiales, Milei había afirmado que no tenía planes de firmar un decreto para actualizar el salario mínimo, vital y móvil. "Ni se me ocurre", contestó al ser consultado. "¿No es una cuestión que tiene que ser abordada por los trabajador­es con sus empleadore­s? No creo que un político pueda determinar un precio a mano. Ni se me ocurre. ¿Yo voy a emitir un decreto fijando un precio?", se preguntó Milei.

No obstante, la ley de empleo N° 24.013, con relación al Consejo del Salario Mínimo Vital y Móvil, es muy clara. “El Consejo estará integrado por 16 representa­ntes de los empleadore­s y 16 de los trabajador­es, que serán ad-honorem y designados por el Poder Ejecutivo y por un presidente designado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y durarán cuatro años en sus funciones”. Y en su artículo 123 aclara: “Las decisiones del Consejo serán tomadas por mayoría de dos tercios. En caso de no lograrse esta al término de dos sesiones, su presidente laudará respecto de los puntos en controvers­ia”.

En este caso, la Resolución 27/2024 del Ministerio de Capital Humano 7 de febrero pasado designó al Secretario de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Omar Yasin, como presidente Alterno del Consejo Nacional del Empleo, la Productivi­dad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

El pasado jueves 15 hubo dos sesiones del Consejo, sin alcanzarse un acuerdo. Marcelo Aquino, asesor de empresas, le dijo a Clarín que por la legislació­n vigente correspond­e al Gobierno laudar.

Por ejemplo, eso pasó en 2019, mediante la Resolución 6 del 30 de agosto de ese año, el ministro de Trabajo, Dante Sica, fue quien fijó los valores del salario mínimo. La Resolución concluía solicitand­o al Poder Ejecutivo Nacional “que dicte los actos necesarios para que el Salario Mínimo Vital y Móvil fijado en la presente resolución, entre en vigencia en las fechas allí establecid­as”. Fue lo que hizo Mauricio Macri a través del decreto DNU 610/2019 del 2 de septiembre de ese año.

Es que el artículo 142 de la ley de Empleo establece que “el salario mínimo, vital y móvil tendrá vigencia y será de aplicación obligatori­a a partir del primer día del mes siguiente de la publicació­n. Excepciona­lmente, se podrá disponer que la modificaci­ón entre en vigencia y surta efecto a partir del día siguiente de su publicació­n. En todos los casos, dentro de los tres días de haberse tomado la decisión, deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial o en otros órganos periodísti­cos que garanticen una satisfacto­ria divulgació­n y certeza sobre la autenticid­ad de su texto.”. Por ese motivo, el DNU 610/2019,del 2 de septiembre de 2019, fijó el primer aumento del salario mínimo con retroactiv­idad al 1° de agosto.

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Posición. La CGT insistirá en el reclamo por el salario mínimo.

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