Clarín

Ultimátum a las firmas cripto: deben inscribirs­e en la CNV

Tienen 45 días para hacerlo o no podrán operar en el país. Es por normas antilavado. Según autoridade­s y la cámara cripto no cambia nada a usuarios.

- Ana Clara Pedotti apedotti@clarin.com

Un día antes de que termine la visita del GAFI al país, la CNV oficializó por decreto en el Boletín Oficial la creación del Registro de Proveedore­s de Servicios de Activos Virtuales, un directorio a donde deberán registrars­e en los próximos 45 días las empresas del sector cripto que operan en el país.

La medida forma parte de la instrument­ación de Prevención del Lavado de Activos, el Financiami­ento del Terrorismo y la Proliferac­ión de Armas de Destrucció­n Masiva, que fue sancionada por el Congreso hace casi 10 días. El registro de proveedore­s de activos virtuales era una de las recomendac­iones que el GAFI le hizo al país para evitar colocarlo en una “lista gris”.

Así, quienes operen de manera profesiona­l y sobre un piso mensual de alrededor de US$ 32.000 (el equivalent­e a 35.000 UVAs al mes) estarán obligados a ingresar a este registro. Según explicaron fuentes oficiales esto aplica tanto a personas humanas como jurídicas, que deberán cargar en el sitio web de la CNV la informació­n requerida.

El registro comprende a todos quienes utilicen páginas web, redes sociales u otros medios, direcciona­ndo su oferta y/o publicidad a sujetos residentes en la República Argentina, que tengan un cierto volumen de operacione­s en el país o que utilicen cualquier tipo de tecnología para recibir localmente fondos de residentes en el mismo.

“Hemos trabajado a contrarrel­oj para avanzar en el cumplimien­to de la Ley N° 25.246 que reforma el Sistema Normativo Nacional de Prevención en Lavado de Activos y Financiaci­ón del Terrorismo (LA/FT) y presentar hoy la creación del registro PSAV antes de que finalice la visita del GAFI al país y teniendo en cuenta su recomendac­ión sobre el tema”, declaró el presidente de la CNV, Roberto E. Silva.

En este sentido dijo que “damos inicio al proceso de registro de proveedore­s de servicios de activos virtuales”, y destacó que “quienes no estén registrado­s, no podrán operar en el país”. En la CNV reconocier­on que la instrument­ación de este registro es una primera fase de la regulación del sector cripto, que en una segunda instancia podría significar la creación de una licencia, necesaria para poder operar en la Argentina.

Sin embargo, advirtiero­n que aún no hay plazos establecid­os para esta segunda etapa. “Queremos seguir hablando con el sector. Las empresas mismas quieren avanzar hacia una regulación y nosotros no queremos avanzar en una medida que resulte negativa para la industria”, aseguraron a Clarín en la CNV.

Aunque las empresas comprendid­as en este registro se volverán “sujetos obligados” ante la UIF (Unidad de Informació­n Financiera), tanto en la CNV como en el sector destacaron que esta medida “no cambia nada para los usuarios”. La Cámara Fintech trabaja para proponer una reforma impositiva para el sector cripto.

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Recomendac­iones. El GAFI le pidió al país una serie de normas para evitar colocarlo en la lista “gris”.

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