Ultimátum a las firmas cripto: deben inscribirse en la CNV
Tienen 45 días para hacerlo o no podrán operar en el país. Es por normas antilavado. Según autoridades y la cámara cripto no cambia nada a usuarios.
Un día antes de que termine la visita del GAFI al país, la CNV oficializó por decreto en el Boletín Oficial la creación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales, un directorio a donde deberán registrarse en los próximos 45 días las empresas del sector cripto que operan en el país.
La medida forma parte de la instrumentación de Prevención del Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, que fue sancionada por el Congreso hace casi 10 días. El registro de proveedores de activos virtuales era una de las recomendaciones que el GAFI le hizo al país para evitar colocarlo en una “lista gris”.
Así, quienes operen de manera profesional y sobre un piso mensual de alrededor de US$ 32.000 (el equivalente a 35.000 UVAs al mes) estarán obligados a ingresar a este registro. Según explicaron fuentes oficiales esto aplica tanto a personas humanas como jurídicas, que deberán cargar en el sitio web de la CNV la información requerida.
El registro comprende a todos quienes utilicen páginas web, redes sociales u otros medios, direccionando su oferta y/o publicidad a sujetos residentes en la República Argentina, que tengan un cierto volumen de operaciones en el país o que utilicen cualquier tipo de tecnología para recibir localmente fondos de residentes en el mismo.
“Hemos trabajado a contrarreloj para avanzar en el cumplimiento de la Ley N° 25.246 que reforma el Sistema Normativo Nacional de Prevención en Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT) y presentar hoy la creación del registro PSAV antes de que finalice la visita del GAFI al país y teniendo en cuenta su recomendación sobre el tema”, declaró el presidente de la CNV, Roberto E. Silva.
En este sentido dijo que “damos inicio al proceso de registro de proveedores de servicios de activos virtuales”, y destacó que “quienes no estén registrados, no podrán operar en el país”. En la CNV reconocieron que la instrumentación de este registro es una primera fase de la regulación del sector cripto, que en una segunda instancia podría significar la creación de una licencia, necesaria para poder operar en la Argentina.
Sin embargo, advirtieron que aún no hay plazos establecidos para esta segunda etapa. “Queremos seguir hablando con el sector. Las empresas mismas quieren avanzar hacia una regulación y nosotros no queremos avanzar en una medida que resulte negativa para la industria”, aseguraron a Clarín en la CNV.
Aunque las empresas comprendidas en este registro se volverán “sujetos obligados” ante la UIF (Unidad de Información Financiera), tanto en la CNV como en el sector destacaron que esta medida “no cambia nada para los usuarios”. La Cámara Fintech trabaja para proponer una reforma impositiva para el sector cripto.