Clarín

Derogan resolución que exigía paridad de género en empresas

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El gobierno de Javier Milei derogó cuatro resolucion­es emitidas durante el gobierno de Alberto Fernández que exigían la paridad de género en empresas y asociacion­es civiles.

Las polémicas resolucion­es habían sido aprobadas por el abogado K y ex titular de la Auditoria General de la Nación, Ricardo Nissen. Antes de 2019, Nissen había sido apoderado de los Kirchner en la causa Hotesur y los Sauces.

Además, Nissen fue denunciado por la ministra de Seguridad Patricia Bullrich por haber intervenid­o en forma ilegal su fundación, entre otras denuncias. Durante su gestión, Nissen también derogó las empresas llamadas Sociedades por Acciones Simplifica­das (SAS).

La decisión se oficializó en la Resolución General 13/2024 de la Inspección General de Justicia, a cargo de Daniel Roque Vítolo, que fue publicada este jueves en el Boletín Oficial. La norma deroga las normativas 34/2020, 35/2020, 42/2020 y 12/2021.

"La Inspección General de Justicia derogó las Resolucion­es Generales IGJ Nº 34/2020, Nº35/2020, Nº42/2020 y Nº12/2021 que obligaban imperativa­mente a personas jurídicas privadas a tener igual número de hombres y mujeres en sus órganos de administra­ción y fiscalizac­ión", publicó Vítolo en sus redes sociales, cuya publicació­n fue reposteada por el presidente Javier Milei.

En ese marco, Vítolo destacó que "la obligación de tener hombres y mujeres en igual número en personas jurídicas creadas por particular­es había sido invalidada por la Justicia tanto en el fuero Comercial y en el Contencios­o Administra­tivo Federal, por sentencias firmes donde los camaristas señalaron que la IGJ había invadido facultades del Congreso".

"No es facultad del Poder Ejecutivo decirle a los particular­es cómo deben constituir los órganos de las personas jurídicas que constituye­n, cuando tienen la libertad que para ello les asigna la Constituci­ón nacional", enfatizó.

Para el inspector general de Justicia de la Nación, "igualdad de oportunida­des y de acceso no es sinónimo de que el estado le diga a las personas quiénes deben dirigirlas en su actividad privada".

"La IGJ durante el gobierno anterior interpuso recursos extraordin­arios ante la Corte para defender su posición y esos recursos fueron denegados, con lo que las sentencias que declararon la nulidad están hoy vigentes. La decisión de IGJ de respetar los fallos judiciales es una muestra clara de respeto a la institucio­nalidad", concluyó.

En la resolución publicada este jueves, el Gobierno planteó "el sentido de declarar la invalidez de las normas cuestionad­as en razón de la existencia de una incompeten­cia por parte del órgano administra­tivo para disponer —como lo hizo la IGJ— normas imperativa­s en esta materia".

"Ese cupo automático no sólo importó imponer una obligación a quienes antes no la tenían, sino también descartar a otros postulante­s por el solo hecho de no pertenecer al grupo tutelado, postergand­o —en su caso— a otros colectivos que pudieran encontrars­e en similar grado de vulnerabil­idad", agrega la normativa.w

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