Monotributo: aumentaría los niveles de facturación y cuotas
proyecto oficial del Monotributo que el Gobierno envió al Congreso aumenta tanto los niveles de facturación como la cuota mensual a pagar respecto de los borradores que circularon semanas atrás. Y extiende los limites de facturación de locaciones y servicios, con nuevas categorías para este segmento, igualándolas a la de venta de cosas muebles.
El nivel máximo de facturación anual según las categorías, sería el siguiente:
A: de $ 2.108.288,01 a 6.450.000: + 206%. B: de $ 3.133.941,63 a 9,450.000: + 202%. C: de $ 4.387.518,23 a 13,250.000 : + 202%. D: de $ 5.449.094,55 a 16,450.000: 202%. E: de $ 6.416.528,72 a 19,350.000: + 202%. F: de $ 8.020.660,90 a 24,250.000 : + 202%. G: de $ 9.624.793,05 a 29.000.000 : + 201%. H: de $ 11.916.410,45 a 44.000.000: + 269%. I: de $ 13.337.213,22 a 49,250.000 : + 269%. J: de $ 15.285.088,04 a 56,400.000: + 269% y K: de $16.957.968,71 a 68.000.000; + 301%.
La cuota mensual total a pagar ( impuesto, aporte jubilación y salud) tendría los siguientes valores ( locaciones y servicios):
A : $ 12.128,39 a $ 26.600: + 119,3%. B: $ 13.561,75 a $ 30.280 + 123.3 %. C: $ 15.503,51 a $ 35.458 : + 128,7. D: $ 19.497,94 a $ 45.443,80: +133,1. E: $ 26.945,97 a $ 64.348,18 + 138,8%. F: $ 33.137,61 a $ 80.983,00 : 144,4%. G: $ 38.694,95 a $ 123.696,20: + 219,7% y H: $ 66.111,51 a $ 280.734,68: + 324,6%.
• Para las restantes 3 categorías que se agregan a locación y servicios, las cuotas son de $ 517.608,55, $ 626.931,97 y $ 867.084,75 mensuales.
Con esos valores, si se aprueban, es posible que algunos monotributistas no deban subir de categoría e incluso algunos puedan recategorizarse a una categoría inferior. De todas maneras, estos aumentos que van del 200 al 300% se suman a los incrementos de tarifas, cuotas de colegios y prepagas que está afectando a la clase media.
Para Gabriela Russo, Presidente del Consejo Profesional Ciencias Económicas el incremento de los niveles de facturación es positivo “considerando que el Monotributo arrastra un desfasaje de actualización, ya que su factor de ajuste es el índice de movilidad jubilatoria que no acompañó la inflación creciente de los últimos años”
Otro cambio sustancial, agregó Russo, “tiene que ver con la unificación de categorías para venta de bienes y prestaciones de servicios. En el régimen vigente, las categorías I, J y K aplican para venta de bienes exclusivamente en la previsión de cubrir los costos de venta que suelen ser más altos que los imputables a una prestación de servicios. Esta unificación es positiva para los prestadores de servicios que amplían su margen de permanencia”. Russo concluyó que “el nuevo proyecto no contempla un factor de actualización trimestral por IPC,. Sin embargo, siempre es positivo contar con un mecanismo de ajuste automático y no depender de la discrecionalidad de la Administración Gubernamental para su corrección” ■