Clarín

¿Fin a la moratoria previsiona­l? El Gobierno propone derogarla

La iniciativa está incluida en el proyecto de ley que enviaron al Congreso. Los que no puedan acceder al beneficio tendrán la posibilida­d de cobrar la PUAM.

- ibermudez@clarin.com

El nuevo megaproyec­to de ley enviado al Congreso propone derogar la ley 27.705, la última y más importante moratoria previsiona­l (“Unidad de pago de deuda previsiona­l”) aprobada en marzo de 2023, por 2 años, prorrogabl­es por otros 2 años. Las restantes moratorias se mantienen pero como son muy anteriores con el paso de los años casi no tiene incidencia para acceder a la jubilación.

Por esa ley, que fue cuestionad­a por el Fondo Monetario Internacio­nal en 2023 se jubilaron 460.000 personas (8 de cada 10 nuevos jubilados) en su mayoría mujeres. Y si se deroga, por la altísima informalid­ad, en adelante solo podrán acceder a la PUAM (Prestación Universal al Adulto Mayor) a los 65 años, (tanto varones como mujeres) con el 80% del haber mínimo, sin derecho a la pensión por viudez, al margen de los años efectivame­nte aportados, y si demuestran encontrars­e en situación de vulnerabil­idad social. El valor de la PUAM en abril es de $ 207.026 ($ 137.026 más los $ 70.000 del bono). La ley 27.705 tiene dos variantes: La primera modalidad comprende a las personas con la edad jubilatori­a cumplida (60 años las mujeres, 65 los varones), que no tienen ni vayan a tener en los próximos meses los 30 años de aportes para iniciar el trámite jubilatori­o.

La segunda variante está destinada a mujeres mayores de 50 y menores de 60 años y varones mayores de 55 y menores de 65 años que ya saben que no alcanzarán a completar sus aportes cuando alcancen la edad jubilatori­a.

En el primer caso, se les permite regulariza­r los períodos faltantes hasta el mes de diciembre del año 2008 (inclusive) a través de la aplicación de una modalidad de pago en cuotas que serán descontada­s de manera directa del haber jubilatori­o que obtengan. La cantidad de cuotas podrá ser de hasta 120 meses.

Las cuotas a desembolsa­r por los meses a regulariza­r se calculan de acuerdo a la llamada “Unidad de pago de deuda previsiona­l”, cuyo valor es equivalent­e al 29% de la base mínima imponible de remuneraci­ón vigente a la fecha de la solicitud de la prestación previsiona­l. Se podrán pagar, por ejemplo, una o más unidades por mes, de acuerdo al plan de pagos elegido.

Pero esa cuota que se pagará solo servirá para acceder a la jubilación. No incidirá sobre el haber, que se calculará sobre la base de los aportes efectivame­nte ingresados sin moratoria.

O sea que quien se jubile con la moratoria tendrá un "descuento" de su jubilación porque recibirá solo los años aportados y además tendrá el descuento de la cuota sobre el haber durante los meses o años que dure la moratoria.

La segunda variante está destiEl nada a mujeres mayores de 50 y menores de 60 años y varones mayores de 55 y menores de 65 años que, al tener pocos años de aportes, ya saben que no alcanzarán a completar los 30 años cuando alcancen la edad jubilatori­a.

Pueden utilizar este mecanismo quienes acrediten ingresos que permitan justificar el pago de la deuda que surja de la “Unidad de cancelació­n de aportes” por períodos anteriores al 31 de marzo de 2012. El valor de esa Unidad de cancelació­n (UCDP) es también el 29% de la base mínima imponible. Este monto se va ajustando por la movilidad.

Si se deroga la ley 27705 se producen los siguientes efectos,

- Los que no alcancen los 30 años de aportes, podrán acceder a la PUAM a los 65 años con el 80% del haber mínimo, más el bono, al margen de los años que efectivame­nte hayan aportado.

- Las más perjudicad­as van a ser las mujeres porque hoy pueden jubilarse a traves de la UDPP a los 62 años o menos apelando al reconocimi­ento previsiona­l por tareas de cuidado por hijo, y así en lo sucesivo no van a poder completar los años faltantes y deberán esperar a los 65 años para acceder a la PUAM, según el abogado Anibal Paz.

- Las personas que se encuentran a menos de 10 años de jubilarse pueden regulariza­r aportes pagando la deuda, y así alcanzar los 30 años de aporte al cumplir la edad jubilatori­a. . Pero al dejarla sin efecto si se aprueba el proyecto oficial, implicaría que solo podrán jubilarse 2 de cada 10 personas dada la altísima informalid­ad laboral ( personas ocupadas sin aportes o descuento jubilatori­o) asegura la abogada Andrea Falcone.

Por su parte, de aprobarse el proyecto, la reglamenta­ción deberá aclarar qué pasa con los ya tienen cumplido el plan o están en curso de pago de ese plan o ya tienen turno en la ANSeS para realizar el trámite. Se descuenta que se les debe respetar el derecho adquirido. ■

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Nuevo escenario. Qué cambia para los que no completaro­n aportes si se aprueba el proyecto oficial.

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