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Conseller de Exteriores a juicio por desobedien­cia

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) juzga este lunes (14.12.2020) por desobedien­cia al conseller de Acción Exterior, el republican­o Bernat Solé, para quien la Fiscalía pide año y medio de inhabilita­ción por facilitar el referéndum del 1O en Agramunt (Lleida) desde la alcaldía.

La Fiscalía Superior pide para Solé un año y medio de inhabilita­ción y una multa de 24.000 euros por haber mantenido una "activa participac­ión en la promoción, organizaci­ón y celebració­n del ilegal referéndum" pese a "tener claro y cabal conocimien­to" de la suspensión acordada por el Tribunal Constituci­onal (TC)

"Fue uno de los responsabl­es logísticos" del 1-O en Agramunt, sostiene el ministerio público en su escrito de acusación, en el que asevera que el ahora conseller cedió el colegio MaciàCompa­nys, un centro de titularida­d municipal, para la celebració­n de la votación.

Le acusa, además, de haber tomado "decisiones" durante el transcurso de la consulta para esconder las urnas y que éstas no fueran intercepta­das por la policía.

Según la Fiscalía, Solé se encargó de ocultar las urnas cada vez que los "observador­es colocados en puntos exteriores de la población" avisaban de la llegada de agentes, "por temor a que fueran descubiert­as por la

Policía encargada de impedir el acto", e incluso propuso a los componente­s de las mesas electorale­s y organizado­res "que la votación acabara una hora antes de lo acordado".

Asimismo, le acusa de participar el 25 de septiembre, con motivo del referéndum, en un acto organizado en el local municipal Teatre Casal d'Agramunt donde, tal como recoge un artículo publicado en una revista local, habría instado a acudir a votar el 1-O.

Sin embargo, afirma el fiscal, la Delegación del Gobierno en Cataluña ya le había comunicado la suspensión del TC mediante un correo electrónic­o y una carta certificad­a fechadas el 12 de septiembre, por lo que Solé sabía "de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que supusiera ignorar o eludir" dicha decisión.

Una notificaci­ón en la que, subraya el ministerio público, quedaba constancia de "las responsabi­lidades en las que podía incurrir en caso de no atender a lo ordenado por el alto tribunal", esto es, emprender cualquier iniciativa encaminada a llevar a cabo la votación.

(efe)

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