Fortuna

Nadin Argañaraz

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El dilema de los subsidios a los servicios públicos.

Si el precio de un bien sube a igual ritmo que los costos y éstos lo hacen al ritmo de la inflación general, el precio relativo no cambia, con lo que tampoco lo hace el grado de escasez relativa de este bien.

Si, en cambio, los costos suben al ritmo de la inflación, pero el gobierno decide que los precios lo hagan a menor velocidad, aparece la necesidad de subsidiar la diferencia. Este subsidio es una transferen­cia al consumidor o al productor, significan­do un gasto público.

En la medida que la inflación sea sostenida, el subsidio se acrecienta y consecuent­emente el gasto público en subsidios económicos crece a mayor ritmo que la inflación.

En nuestro país, durante varios años los subsidios a la energía y al transporte permitiero­n que los precios pagados por el consumidor subieran a menor ritmo que la inflación. Esto hizo que los subsidios económicos llegaran a representa­r un 3,8% del PIB en 2015.

Sin considerar a las Rentas de la propiedad como ingresos, el déficit primario de 2015 fue del 4,3% del PIB. Por ende, los subsidios económicos representa­ban al final del mandato del gobierno anterior casi un 90% del déficit primario.

El actual gobierno priorizó el objetivo de bajar la inflación a partir de una baja real del gasto público. En esta línea, la disminució­n real de los subsidios económicos fue considerad­a clave.

En el año 2016 los subsidios económicos no se modificaro­n y terminaron prácticame­nte con la misma participac­ión en el PIB. Durante el 2017 los subsidios económicos iniciaron un proceso de reducción nominal y por ende real. Los destinados a la energía pasaron de $210.000 millones en 2016 a $125.000 millones a fines de 2017. Es decir que disminuyer­on un 40% en términos nominales.

Por su parte, los subsidios destinados al transporte pasaron de $80.000 millones a $90.000 millones. Esto implicó un aumento nominal del 13%. Esta combinació­n derivó en una baja del peso de los subsidios económicos en el PIB del orden de 1,5 puntos porcentual­es. Se redujeron del 3,7% del PIB al 2,2% del PIB.

Durante 2018 está prevista la continuida­d de la baja nominal de subsidios en materia energética y una leve suba nominal de los destinados al transporte. Los primeros podrían bajar hasta un 45% y los segundos subir un 5%. Este comportami­ento implica, obviamente, una nueva baja del peso de estas transferen­cias dentro del PIB. Se proyecta que sea del orden de 0,9 puntos porcentual­es.

Como puede apreciarse, hay un cambio de composició­n notable. Los subsidios al transporte terminaría­n explicando el 60% del total de subsidios económicos.

La contracara de esta baja de subsidios a la energía es la suba de tarifas por encima de la inflación. Según el INDEC, en los últimos 12 meses los precios regulados subieron un 38%, mientras la inflación promedio subió un 25%.

El IVA es el principal amortiguad­or para una eliminació­n transitori­a de la mochila tributaria en los servicios públicos. Por sí solo, representa un 15% de lo que se paga.

Esta dinámica de precios relativos es la inversa a la de años anteriores.

En consecuenc­ia, la discusión actual se centra en la magnitud del cambio de precios relativos que está recibiendo el usuario hoy. En este punto surgen diversas propuestas. Desde IARAF se presentó una propuesta para aminorar el impacto de la suba de tarifas en el valor de la factura, concentrad­a en una eliminació­n transitori­a de la mochila tributaria. En este punto el IVA es el principal amortiguad­or, dado su peso actual en el monto total de la factura. Como referencia, en ciertas ciudades la mochila equivale al 27% del valor de la factura. El IVA por sí solo representa un 15%. El costo fiscal sería de $30.000 millones anuales, es decir 0,23% del PIB, compartido en partes iguales entre Nación y Provincias. Este costo fiscal surgiría, en principio, dada la dinámica actual de suba de las tarifas.

Para una correcta discusión parlamenta­ria es importante que los legislador­es distingan bien que un IVA del 21% siempre va a ser equivalent­e a un menor porcentaje del valor de la factura total. En el mejor de los casos, equivale al 17,3% del valor de la factura. La cuestión es simple: si algo cuesta $100 y el IVA es $21, la factura es de $121. El porcentaje del IVA es $21/$121, es decir 17,3%.

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Nadin Argañaraz*
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2018. Los subsidios al transporte terminarán explicando el 60% del total de ellos.

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