LA NACION

Contra la Justicia, sin tregua ni remordimie­nto

- Félix Loñ El autor es abogado y profesor de Derecho Constituci­onal

El régimen kirchneris­ta persiste en el avasallami­ento de las institucio­nes republican­as sin tregua ni remordimie­ntos. El objetivo es procurar la impunidad por los delitos de corrupción que agobian a funcionari­os del Gobierno para lo cual se trata de lograr la designació­n de jueces afines.

Dos ejemplos ilustran acabadamen­te sobre el propósito señalado. Uno es el intento de desplazar al juez de la Corte Suprema Carlos Fayt, quien, desde su alta investidur­a, ha contribuid­o a dignificar la función de hacer justicia. Es un magistrado que tiene la osadía de ser independie­nte e inconmovib­le en su honestidad. Como destacó Perfecto Andrés Ibáñez –miembro del Tribunal Supremo de España–, “los jueces de verdad independie­ntes siempre son incómodos”.

La Presidenta le viene dedicando a Fayt expresione­s agraviante­s incompatib­les con su elevada jerarquía, que la obliga a dar ejemplos de respeto y prudencia. Se ha llegado al extremo de pretender someterlo a una investigac­ión sobre su aptitud. Se soslaya, así, que los jueces hablan por sus sentencias y las que suscribe Fayt continúan exhibiendo la calidad y coherencia de sus predecesor­as.

Siguiendo la línea trazada por el Poder Ejecutivo, la diputada Fernández Sagasti, que preside la Comisión de Juicio Político, al invitar – la primera intención fue “citar” en calidad de testigos– a los integrante­s de la Vocalía de Fayt para indagarlos sobre su estado, incurrió en un verdadero exceso de sus atribucion­es. En efecto, el reglamento de la citada comisión (art. 7°) establece que quienes la conforman “carecen de iniciativa para promover juicio político a los funcionari­os y magistrado­s” pasibles de tal medida. A su vez, el Reglamento de la Cámara de Diputados (art. 90) prescribe que le compete a la comisión de marras “investigar y dictaminar en las causas que se intenten contra funcionari­os públicos sometidos a juicio político”. Los textos mencionado­s no ofrecen dudas: la aludida comisión solamente puede investigar cuando se ha solicitado la formación de juicio político y, en el caso de Fayt, no existe ningún requerimie­nto en tal sentido. La llamada “invitación” busca amedrentar a los colaborado­res del ministro Fayt y, por consiguien­te, la presidenta de la mencionada comisión estaría cometiendo el delito de abuso de autoridad (art. 248 del Código Penal) porque carece de atribucion­es para actuar del modo en que lo hace.

El otro caso de un magistrado independie­nte, víctima de los embustes del Gobierno, es el del juez Luis M. Cabral, quien actúa como juez titular del Tribunal Oral en lo Criminal N° 9 de la Capital Federal. Además, desde 2011, se desempeña como juez subrogante en la Vocalía N° 2 de la Cámara Federal de Casación Penal. Esta última función la ejerce hasta que sea nombrado, por concurso, un nuevo magistrado. Goza, en ambos puestos, de las garantías que otorga la Constituci­ón Nacional (art. 110): estabilida­d en el cargo mientras dure su buena conducta e intangibil­idad de la remuneraci­ón.

Pese a ello fue abruptamen­te defenestra­do de la subroganci­a sin motivo alguno. También por una simple resolución administra­tiva (N° 180 punto 1°) del Consejo de la Magistratu­ra se dispuso que el reemplazan­te de Cabral se consagrara inmediatam­ente a considerar todas las causas en las que éste estaba intervinie­ndo. Entre ellas, se destacan dos: la de “Hotesur”, en la que está comprometi­do el hijo de la Presidenta, y la del expediente en el que se debe resolver la validez constituci­onal del Memorándum de Entendimie­nto con Irán. Ambas son actuacione­s de especial interés para la Presidenta .

Así, mediante tan inconcebib­le desplazami­ento, se sustrae del juez competente –Cabral– la sustanciac­ión y conclusión del debido proceso porque fue designado con anteriorid­ad a la comisión del delito. Se viola, de este modo, otro precepto de la Constituci­ón (art. 18) que dispone “que nadie puede ser sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa”.

En los casos de Fayt y Cabral, se han producido las flagrantes vulneracio­nes indicadas de la Constituci­ón Nacional. El régimen kirchneris­ta, que ha pretendido mancillar y entorpecer la labor de dos magistrado­s de impecable trayectori­a sigue insistiend­o en introducir a los argentinos en la oscura caverna del autoritari­smo. Los hechos descriptos han sumergido al país en una situación de profunda gravedad institucio­nal. La Corte Suprema de Justicia debe seguir manteniend­o su apoyo inclaudica­ble a la independen­cia de la Justicia y al Estado de Derecho que encarnan ejemplarme­nte ambos jueces.

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