LA NACION

Las claves para comprar en obra

- Mariano Esper

Pa primera considerac­ión es que existe una protección legal especial para quien compra una unidad en construcci­ón, ya que la ley 27.266 de 2016 exige a las constructo­ras que publiquen en su Web y que tengan en sus oficinas el modelo de contrato. Así el comprador puede evitar ser sorprendid­o con la letra chica, con cláusulas raras o ininteligi­bles. Segunda: el comprador debe centrar su atención en que las leyendas publicitar­ias, renders y promocione­s del inmueble a construir, estas suelen indicar la facultad del desarrolli­sta de modificar las caracterís­ticas, superficie, etc.,, de forma unilateral y sin previo aviso, sin disminució­n del precio. Tercera: constatar que el precio de la venta, monto, moneda y cuotas sean los promociona­dos o negociados con el constructo­r. Si la venta fue “al costo”, el precio final estará indetermin­ado y sujeto a variacione­s de los gastos de construcci­ón. Consultar con detalle cómo se calculan esos costos y el precio final de compra. Cuarta: informarse sobre la fecha de entrega de la unidad y las consecuenc­ias fijadas en caso de incumplimi­ento -multas, extinción del contrato u otras-. Quinta: leer bien el contrato para determinar qué acontece en el caso de falta de pago de cuotas. Los tribunales señalan que el vendedor no puede extinguir el contrato si el comprador pagó cierto porcentaje de las cuotas debidas –en algunos casos, un 25 por ciento (art. 8, ley 14.005); en otros, bastante más que ese porcentaje– y solo puede reclamar el cumplimien­to de lo debido. Sexta: la constructo­ra y los subcontrat­istas son responsabl­es por defectos graves de obra durante diez años desde la entrega. Esta responsabi­lidad no puede ser eliminada del contrato. Séptima: ¿Qué ocurre si quiebra la constructo­ra? Es importante que el comprador haya pagado el 25 por ciento del precio o más, ya que tiene una protección legal especial en ese caso.

 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Argentina