Las claves para comprar en obra
Pa primera consideración es que existe una protección legal especial para quien compra una unidad en construcción, ya que la ley 27.266 de 2016 exige a las constructoras que publiquen en su Web y que tengan en sus oficinas el modelo de contrato. Así el comprador puede evitar ser sorprendido con la letra chica, con cláusulas raras o ininteligibles. Segunda: el comprador debe centrar su atención en que las leyendas publicitarias, renders y promociones del inmueble a construir, estas suelen indicar la facultad del desarrollista de modificar las características, superficie, etc.,, de forma unilateral y sin previo aviso, sin disminución del precio. Tercera: constatar que el precio de la venta, monto, moneda y cuotas sean los promocionados o negociados con el constructor. Si la venta fue “al costo”, el precio final estará indeterminado y sujeto a variaciones de los gastos de construcción. Consultar con detalle cómo se calculan esos costos y el precio final de compra. Cuarta: informarse sobre la fecha de entrega de la unidad y las consecuencias fijadas en caso de incumplimiento -multas, extinción del contrato u otras-. Quinta: leer bien el contrato para determinar qué acontece en el caso de falta de pago de cuotas. Los tribunales señalan que el vendedor no puede extinguir el contrato si el comprador pagó cierto porcentaje de las cuotas debidas –en algunos casos, un 25 por ciento (art. 8, ley 14.005); en otros, bastante más que ese porcentaje– y solo puede reclamar el cumplimiento de lo debido. Sexta: la constructora y los subcontratistas son responsables por defectos graves de obra durante diez años desde la entrega. Esta responsabilidad no puede ser eliminada del contrato. Séptima: ¿Qué ocurre si quiebra la constructora? Es importante que el comprador haya pagado el 25 por ciento del precio o más, ya que tiene una protección legal especial en ese caso.