Las limitaciones jurídicas que frenan el trámite en la Argentina
Influyen las disparidades con el marco judicial de Brasil y los menores atractivos para cooperar
¿Por qué en Estados Unidos, Suiza, Brasil, República Dominicana y Perú pudieron firmar acuerdos con Odebrecht para que confesara a quiénes pagó coimas el gigante brasileño y en la Argentina eso no ocurre? La respuesta hay que encontrarla en nuestro sistema judicial, que es diferente al de esos países y en la legislación que dificulta la colaboración para perseguir un delito transnacional como es la corrupción, según explicaron jueces, fiscales y expertos anticorrupción consultados por la nacion.
Dentro del sistema judicial penal se abrió una vía de conversaciones y colaboración entre los fiscales del caso Lava Jato y el fiscal de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), Sergio Rodríguez.
De Ministerio Público a Ministe- rio Público. Esa línea de intercambio informativo permitió por ahora obtener de manera oficial copias de alguna de las declaraciones de los arrepentidos brasileños y tomarle declaración a uno de ellos. Es el camino más despejado y por donde se estima que la Justicia recibirá las copias de las declaraciones que prestaron los arrepentidos en Brasil. Pero el Gobierno desconfía de Rodríguez por que su jefa es la procuradora Alejandra Gils Carbó, con quien viajó a Brasil a entrevistarse con los fiscales brasileños para obtener datos a partir del 1 de junio cuando cese la veda informativa impuesta allí.
Por esa desconfianza, el Gobierno –con funcionarios bajo la lupa– inició una vía paralela de negociación con Odebrecht, pero esta vez a cargo del Poder Ejecutivo, mediante el Ministerio de Justicia y la Oficina Anti corrupción. Es un escenario muy sui generis para la Argentina, donde un gobierno negocia con corruptos el pago de una multa a cambio de información –que supuestamente entregará a la Justicia– y de permitirles a los empresarios seguir haciendo negocios con el Estado. Algo así ocurre con la SEC en Estados Unidos, pero acá no hay antecedentes.
El juez Sebastián Ramos –que investiga el caso Transener– encontró un atajo para hacerse legalmente de la declaración de unos de los arrepentidos brasileños: los fiscales de ese país se la entregaron al fiscal Rodríguez. El juez se la pidió y la consideró como prueba válida, tras la convalidación que recibió del fiscal de la causa, Gerardo Pollicita, quien entendió que era un documento oficial que llegó al país oficialmente.
El tercer problema lo tienen los jueces y fiscales que quieran obtener no sólo la versión de lo que declararon los arrepentidos en Brasil, sino también tener la posibilidad de interrogarlos directamente. Hasta ahora sólo consiguieron hacerlo Rodríguez y su colega Federico Delgado, que interrogaron al cambista Leonardo Meirelles. Fue una declaración particular: no puede ser testigo porque para la justicia argentina es imputado de pagar coimas. Declaró sin prestar juramento de decir la verdad.
¿Qué limitaciones tiene el sistema judicial argentino para acordar las declaraciones con los arrepentidos brasileños? Los arrepentidos brasileños reclaman para declarar que les garanticen tres cosas: -que no va haber persecución penal en la Argentina contra ellos. -que no se le va a poder hacer una demanda civil por sus revelaciones. - que no se los perseguirá administrativamente en la Argentina.
El juez Ramos recibió en marzo pasado un oficio de la justicia de Brasil donde le pidieron que firme en nombre del Estado argentino que le dará estas garantías a los arrepentidos brasileños. El convenio tiene espacio para dos firmas: la del juez y la de la canciller Susana Malcorra. Ramos le mandó el oficio para que opine.
Pero este acuerdo es inviable para los tribunales argentinos. No puede Ramos garantizar que si los arrepentidos señalan, por ejemplo, a Julio De Vido, el actual diputado no les inicie una demanda civil. Además, no es posible que el juez les garantice ni inmunidad ni impunidad.
En Brasil la acción penal es de los fiscales, el sistema es más acusatorio y ellos se guían por el principio de oportunidad. Es decir, los fiscales deciden a quiénes no acusar y a quiénes si hacerlo. Pero en la Argentina rige el sistema inquisitivo, mixto, donde los jueces asumen la investigación y el principio es el de legalidad, donde los funcionarios están obligados a perseguir todos los delitos que llegan a su conocimiento.
Los brasileños de todos modos tienen una garantía de que no van a ser imputados en la Argentina por los mismos delitos por los cuales fueron condenados en Brasil. Es que los acuerdos internacionales impiden la doble imputación. Pero sólo alcanza a los mismos hechos por los que fueron condenados allá.
Otro problema se vincula con la responsabilidad penal de las personas jurídicas. En la Argentina se pueden condenar a las personas físicas por un delito. A las personas jurídicas, sólo se las puede sancionar en algunos caso específicos (evasión, monopolio, código aduanero, lavado, contaminación). El Gobierno envió un proyecto de ley para castigar a las personas jurídicas, pero aún está en comisión (ver página 12). Este es un problema porque Odebrecht está dispuesto a presentarse aquí a colaborar como persona jurídica, no con la entrega de sus ejecutivos, lo que se impide castigar a la empresa.
Además está el límite que impone la nueva la ley del arrepentido. En la Argentina la legislación no garantiza la inmunidad, aún con una confesión. A lo sumo la ley del arrepentido prevé reducciones de penas para los que colaboren con el esclarecimiento de la maniobra, el señalamiento de personas por encima de ellos en la organización o el recupero del dinero del fraude. Pero ese acuerdo que realiza el fiscal con el arrepentido, debe ser analizado al final del proceso por el tribunal oral que se encargue de juzgarlo a él y a los cómplices a los que delató. Con lo que el fiscal firma el acuerdo pero son otros tres jueces, y después de algunos años, los que deberán decidir si la colaboración que prestó el arrepentido es suficiente como para una reducción de pena. Todas condiciones que para los brasileños, ya condenados en su país, son inaceptables.