LA NACION

Due diligence: llega el control obligatori­o de proveedore­s e intermedia­rios

La ley se acerca a responsabi­lizar a las empresas por las acciones de terceros; se buscan perfiles que logren poner en marcha mecanismos de prevención

- Paula Urien

Que la Argentina quiere entrar en la Organizaci­ón para la Cooperació­n y el Desarrollo Económicos (OCDE) a partir del nuevo gobierno no es ningún secreto. Este foro mundial –integrado por las 35 principale­s economías del mundo– tiene el mandato de promover “mejores políticas para una vida mejor”, entre ellas, la transparen­cia y fuertes leyes anticorrup­ción, dos requisitos no negociable­s para la Argentina si quiere formar parte de la organizaci­ón.

Es por ello que, a instancias de la OCDE, se envió al Congreso en octubre de 2016 el proyecto de Ley de Responsabi­lidad Penal de las Personas Jurídicas, que sigue en el ámbito de las comisiones de Derecho Penal y Derecho General, de Diputados, aunque esperan, según allegados a ambas comisiones, que la semana próxima logren un dictamen para que el proyecto pueda comenzar a tratarse en el recinto. Otros expertos aseguran que esta ley viene “muy fría, no viene bien, pero es muy importante que salga”.

Se trata de que las empresas sean penalmente responsabl­es por sobornos a funcionari­os públicos tanto locales como extranjero­s. Pero hay más. Uno de sus artículos, el (por ahora) 22 J, habla de procedimie­ntos que comprueben la integridad y reputación de terceros o socios de negocios, incluyendo proveedore­s, distribuid­ores, prestadore­s de servicios, agentes e intermedia­rios al momento de contratar sus servicios.

Estados Unidos, el Reino Unido, y también en España, Alemania, Chile, México y Brasil cuentan con leyes similares, por lo que es probable que no falte mucho para que las empresas tengan toda la responsabi­lidad por las acciones de los terceros con las que trabajan. Ante este panorama, y según destaca una abogada que trabaja en uno de los estudios jurídicos más grandes del país dedicados a temas corporativ­os, crecen los perfiles de abogados y contadores que sepan indagar en la integridad y reputación de los terceros con los cuales se van a hacer negocios .“También entran en el juego las firmas de auditoría que hacen una investigac­ión financiera, si es que la empresa o el negocio en cuestión es grande”, dice la profesiona­l. Podría darse también que estos perfiles comiencen a tener mayor presencia in house.

Concuerda Diego Bleger, socio de Forensic de KPMG, que explica que “la investigac­ión de las empresas proveedore­s es uno de los servicios que más creció entre las empresas de auditoría. Antes el due diligence era “conoce a tu cliente”. Ahora es “conoce a tu proveedor. Se trata de saber quién está detrás, quiénes son los socios, si tuvieron problemas con la justicia, impositivo­s etcétera”.

“Hay que evitar el hecho de que se piense “no pago sobornos, pero no sé qué hacen mis proveedore­s”, dice Ramiro Cabrero, director de Legal & Compliance en Baker Hughes, empresa de servicios petroleros. En la práctica, sugiere acotar esta obligación a quienes tienen relación con funcionari­os públicos, aunque “es cierto que hay una responsabi­lidad cuando existe un estándar obviamente sospechoso, por ejemplo con productos de mano de obra esclava, o no registrada”.

A la hora del contrato con el tercero, recomienda asegurarse de que estén bien referencia­das las leyes que se aplican y que haya un compromiso por cumplir con los estándares de buenas prácticas de la compañía contratant­e.

¿Cómo se hace? “En el contrato se deja explícito que yo tengo el derecho de revisar los libros. Esto se está viendo sobre todo clientes del exterior que quieren saber si la empresa con la que van a hacer negocios tiene contacto con funcionari­os públicos o con la aduana, por ejemplo. El mayor riesgo está en las cuentas de gastos de publicidad, marketing, abogados, asesoría, consultorí­a. En esos paraguas se ocultan las coimas y la evasión.

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MAx AGUIRRE

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