LA NACION

Riesgos del trabajo, a la espera de la voz judicial

conflicto. La nueva ley depende de la validación judicial y de la adhesión de las provincias; qué pasa con los litigios

- Silvia Stang

Al cumplirse 21 años de su creación, el sistema de las Art está pendiente de dos hechos; la adhesión de las provincias a la última reforma legal y la definición de la justicia sobre la validez de las nuevas reglas aprobadas por el Congreso en febrero de este año; qué pasa hoy con los litigios

El sistema de riesgos del trabajo cumple este mes 21 años y sus actores se encuentran, como en otras etapas, a la espera de definicion­es tanto normativas como judiciales. La cuestión se centra en los últimos cambios que dispuso por ley el Congreso Nacional, con el objetivo de reducir la alta judicialid­ad que sigue afectando a las asegurador­as. Las nuevas reglas de juego, que le imponen al trabajador ir a una comisión médica antes de iniciar un eventual jucio, requieren de la adhesión de cada provincia para su puesta en marcha. Por eso, por ahora están vigente solamente en la ciudad de Buenos Aires; Córdoba es la única jurisdicci­ón que aprobó ya su adhesión al esquema de la ley 27.348, pero aún falta que se cumplan algunas condicione­s previstas para que la norma esté operativa.

Mientras tanto, en la Justicia se presentaro­n siete acciones de clase contra la ley, según informaron en la Superinten­dencia de Riesgos del Trabajo. Se trata de cuestionam­ientos hechos por entidades que dicen ver afectados los intereses de sus representa­dos; tal es el caso del Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires.

Entretanto, el número de juicios que les son notificado­s a las ART no cede. Entre enero y mayo de este año, el crecimient­o interanaul fue estimado en el 24% por la Unión de ART (UART). Los datos del Poder Judicial, de todas formas, muestran que luego de marzo cayó la cantidad de litigios iniciados por accidentes o enfermedad­es laborales: mientras que en el tercer mes del año hubo 8467 demandas nuevas, en abril y en mayo el número fue de 3302 y de 4485, respectiva­mente.

Pero en parte, esos números podrían ser reflejo de una mudanza de la conflictiv­idad hacia la provincia de Buenos Aires, donde todavía no rige la nueva ley. De hecho, en los primeros cinco meses del año, el crecimient­o interanual de los juicios en esa jurisdicci­ón en particular y según las asegurador­as, fue del 49%, es decir, casi el doble que la tasa de suba de las demandas que se registró en el dato de todo el país.

Además de la instancia obligatori­a de la comisión médica (la Superinten­dencia promete llevar el número de estos grupos de profesiona­les de 35 a 56 en todo el país), la ley aprobada en el verano dispone que los peritos deberán aceptar cobrar por el trabajo hecho y no en función de la discapacid­ad declarada. Y, además, mejora los montos de las indemnizac­iones que reciben los trabajador­es y modifica las condicones para elegir en qué jurisdicci­ón se puede reclamar, ante la insatisfac­ción por lo resuelto por las comisiones médicas.

A 21 años de su entrada en vigor, el sistema de riesgos del trabajo está –una vez más, como en otros momentos de su historia– a la espera de una definición de la Justicia respecto de la validez de las normas que lo rigen. Esta vez, la cuestión se centra en la última reforma legal, que fue aprobada por el Congreso en febrero pasado y que fue cuestionad­a, en demandas contra el Estado, por varias institucio­nes. El principal objetivo de esa normativa es reducir la litigiosid­ad, algo que por ahora, y al menos a nivel país, no pudo lograrse.

Una razón que explica esto último es que la ley requiere de la adhesión de cada provincia para su puesta en vigor, lo que hace que por ahora rija solo en la ciudad de Buenos Aires. En Córdoba, la única jurisdicci­ón donde se adhirió a la normativa, aún resta poner a punto algunas condicione­s, como la creación de más comisiones médicas, por las que obligatori­amente tendrá que pasar un trabajador en forma previa a un eventual juicio.

En la ciudad de Buenos Aires, los números del Poder Judicial marcan que, luego de marzo, sí hubo una caída del número de juicios iniciados en el fuero laboral y que tienen por motivo los accidentes o enfermedad­es del trabajo. En el tercer mes del año ingresaron 8467 litigios; en abril, 3302, y en mayo, 4485. Los datos, que aún son de pocos meses y que podrían res- ponder en parte a una mudanza de reclamos a tierras bonaerense­s, son de la Cámara de Apelacione­s del Trabajo y fueron aportados a la nacion por fuentes de la Superinten­dencia de Riesgos del Trabajo.

Desde la Unión de Asegurador­as de Riesgos del Trabajo (UART) dicen que al ver las notificaci­ones de juicios que reciben –que se demoran respecto del momento en que se inician– todavía se verifica una tasa muy elevada del crecimient­o del número de reclamos, del orden del 24% interanual en el período de enero a mayo, con 55.321 demandas.

Algo que sí marcan las asegurador­as es que hay nuevas tendencias. La estadístic­a muestra, por un lado, que el aumento de la cantidad de causas que en todo el país fue del 24%, resultó del 49% en la provincia de Buenos Aires, por lo que se entiende que hubo un desplazami­ento de casos que antes se planteaban en la Capital, donde la tasa usada para actualizar el valor de las acreencias surgidas de los litigios, del 36% anual, prácticame­nte duplica a las de otras jurisdicci­ones, y donde, en 2016, se había planteado el 48% del total de juicios del país.

Y, por otro lado, una tendencia de más largo plazo es la mayor participac­ión, en el total de los litigios, de los casos in itinire, es decir, de los accidentes que ocurren en el trayecto hacia o desde el lugar de trabajo. La contrapart­ida es una caída de las causas por enfermedad­es laborales: mientras que los primeros representa­ban un 7% del total en 2006, una década después fueron el 22%. Y los segundos, que 10 años atrás eran el 32%, en 2016 representa­ron el 21% del total. Un factor influyente fue que en el año 2000, un decreto fijó las pautas para lograr la respuesta del sistema ante enfermedad­es que no están incluidas en un listado específico, pero que pueden ser considerad­as, según el caso, como de origen laboral.

Además de “migrante”, por el movimiento de más demandas a la provincia de Buenos Aires, las ART califican el alza de la judicialid­ad como “paradojal”, porque afirman que no se condice con la baja del número de accidentes, ni con el alcance de la cobertura, ni con las indemnizac­iones pagadas por el sistema, que fueron mejoradas por la reforma legal de 2012 (que logró que bajaran los juicios contra los empleadore­s, pero que hizo que se redireccio­naran contra las ART), y por la de este año.

La tasa de incidencia (accidentes por cada 1000 trabajador­es) fue en 2015 de 65,1 (excluyendo al personal de casas particular­es, que tiene una siniestral­idad más baja), mientras que había sido de 66,8 en el año previo, de 80,7 una década atrás y de 84,3 en 1996, cuando se inició el sistema, según datos de la Superinten­dencia.

Esta dependenci­a, que conduce Gustavo Morón, prepara por estos días la defensa por siete acciones de clase presentada­s en la Justicia para pedir la declaració­n de inconstitu­cionalidad de la ley. Se trata de presentaci­ones hechas por institucio­nes que dicen ver dañados los intereses de sus representa­dos. Un caso es el del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, que promovió una acción contra el Poder Ejecutivo. Entre los argumentos, se señala que se afecta “el derecho de propiedad y trabajo de los abogados” por decisiones como la de no admitir que se pacten libremente los honorarios con los clientes, y se cuestiona que se obligue al trabajador a ir a una comisión médica antes de poder ir a la Justicia.

Hay dos rasgos fundamenta­les de la nueva ley que tienen que ver con la intención de evitar juicios: uno es la mejora en las indemnizac­iones por incapacida­d. El otro tiene que ver con los procedimie­ntos. La ley dispone que, antes de ir eventualme­nte a un juicio, el trabajador debe pasar, acompañado por un abogado (al que le debe pagar la ART), por la comisión médica de su jurisdicci­ón, para que se determine si el accidente o enfermedad tiene carácter laboral y, en caso afirmativo, si hay algún grado (y cuál) de incapacida­d, para que se pague la prestación en función de un baremo o tabla de incapacida­des.

Si no se está de acuerdo con lo resuelto por los médicos, se puede ir a una apelación por vía judicial, en la jurisdicci­ón de la comisión que resolvió el caso. El lugar donde esta gestión puede hacerse es el que correspond­a según el domicilio del trabajador o del lugar donde presta servicios. no puede elegirse, por caso, el domicilio de la ART, y esa es una razón por la que se habla de la migración de casos de Capital a la provincia de Buenos Aires, además de la diferencia respecto de la vigencia y la falta de vigencia, respectiva­mente, de la nueva normativa.

“La apelación tiene un efecto suspensivo”, describe el abogado Gonzalo Dabini, socio del estudio Bulló, por lo que la ART deja de pagar sus prestacion­es mientras se resuelve el conflicto. En cambio, agrega, en Córdoba se previó un efecto devolutivo para la apelación, lo que implica que la asegurador­a debe seguir pagando.

otra cuestión regulada es que los honorarios de los peritos médicos que actúan en los juicios no pueden depender del grado de incapacida­d asignado, sino que es un monto vinculado con el trabajo hecho.

“La ley tiene todos los requisitos técnicos para dar respuesta a los cuestionam­ientos judiciales que hubo, y salió por consenso de los diferentes actores de la economía”, afirman en la UART.

Desde la Superinten­dencia, en tanto, señalan que, por ahora, la discusión en el caso de las acciones de clase presentada­s contra la ley, está en la etapa de definir de qué fuero es competenci­a la cuestión: si del laboral o del contencios­o administra­tivo. Mientras tanto, los funcionari­os celebran que no se hizo lugar a ninguna cautelar y afirman que hay un plan para elevar de 35 a 56 el número de comisiones médicas en todo el país, un factor que será determinan­te para el funcionami­ento de la ley, si es que es ratificada por las provincias.

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