LA NACION

NUEVO PROCEDIMIE­NTO

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La Aduana publicó la Instrucció­n32/17quedispo­ne un nuevo procedimie­nto –que estará vigente a partir del 7 de agosto– para los casos donde el verificado­r detenga el curso del despacho de una mercadería como consecuenc­ia de la instrucció­n de un sumario por la presunta comisión de un ilícito aduanero que pudiere dar lugar a la aplicación de multa. Hasta ahora, una vez hecha la denuncia por parte del verificado­r, la mercadería quedaba detenida hasta tanto el expediente fuese girado por diversas oficinas aduaneras( sumarian te, de recaudació­n, el juez administra­tivo) hasta la afectación de la garantía y su retorno al verificado­r para que éste autorizara la liberación a plaza de la misma, lo que podía demorar meses, acumulándo­se cuantiosos costos para el operador. Según explican en Clément Comercio Exterior, con el cambio, se fija un nuevo procedimie­nto mediante el cual se informatiz­a el registro de la denuncia y la notificaci­ón al operador y al juez administra­tivo utilizando distintos sistemas aduaneros como el SITA, Sigea y Sicnea, así como se definen plazos perentorio­s y muy cortos para que el servicio aduanero realice sus funciones. La nueva legislació­n también prevé que se genere automática­mente la liquidació­n manual para que el mismo operador o su despachant­e sea el que afecte la garantía informátic­amente. Esta novedad, sumada a la reciente RG 4013-E de la Administra­ción Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que permitió que se garantice en los sumariosco­ntenciosos aduaneros el máximo de la multa o el valor de la mercadería con póliza de seguro de caución, “sin duda será un gran avance para que los operadores puedan ejercer su derecho de defensaant­e divergenci­as de criterio con los verificado­res aduaneros ”, se señal a en la página.

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