NUEVO PROCEDIMIENTO
La Aduana publicó la Instrucción32/17quedispone un nuevo procedimiento –que estará vigente a partir del 7 de agosto– para los casos donde el verificador detenga el curso del despacho de una mercadería como consecuencia de la instrucción de un sumario por la presunta comisión de un ilícito aduanero que pudiere dar lugar a la aplicación de multa. Hasta ahora, una vez hecha la denuncia por parte del verificador, la mercadería quedaba detenida hasta tanto el expediente fuese girado por diversas oficinas aduaneras( sumarian te, de recaudación, el juez administrativo) hasta la afectación de la garantía y su retorno al verificador para que éste autorizara la liberación a plaza de la misma, lo que podía demorar meses, acumulándose cuantiosos costos para el operador. Según explican en Clément Comercio Exterior, con el cambio, se fija un nuevo procedimiento mediante el cual se informatiza el registro de la denuncia y la notificación al operador y al juez administrativo utilizando distintos sistemas aduaneros como el SITA, Sigea y Sicnea, así como se definen plazos perentorios y muy cortos para que el servicio aduanero realice sus funciones. La nueva legislación también prevé que se genere automáticamente la liquidación manual para que el mismo operador o su despachante sea el que afecte la garantía informáticamente. Esta novedad, sumada a la reciente RG 4013-E de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que permitió que se garantice en los sumarioscontenciosos aduaneros el máximo de la multa o el valor de la mercadería con póliza de seguro de caución, “sin duda será un gran avance para que los operadores puedan ejercer su derecho de defensaante divergencias de criterio con los verificadores aduaneros ”, se señal a en la página.