LA NACION

La Ciudad también ControLará Las Cargas

Desde el 1° de agosto entrará en vigor el COT; buscan reducir la evasión

- Eduardo Pérez

El transporte de mercadería­s que tenga origen o destino en la Ciudad de Buenos Aires sumará desde el martes próximo un nuevo trámite de control, el Código de Operación de Traslado (COT), similar a los implementa­dos por otras jurisdicci­ones, donde sirvió a las autoridade­s para evitar la elusión impositiva y a los empresario­s para acotar la competenci­a desleal.

Este instrument­o que entrará en vigencia el 1° de agosto tendrá similitude­s con el aplicado en la provincia de Buenos Aires desde 2006 y el que se implantó en Santa Fe hace cuatro años.

Al respecto, Pablo Asnaghi, director general de Planificac­ión y Control de la Administra­ción Gubernamen­tal de Ingresos Públicos de CABA, precisó que “los COT generados desde las web de las jurisdicci­ones adheridas al régimen tienen plena validez”.

El funcionari­o hizo hincapié en que “este tipo de medidas, no sólo resultan a los fines estadístic­os y/o control fiscal, sino que también marcan una clara decisión de luchar contra la ilegalidad y la evasión, en beneficio de aquellos que cumplen al día con sus obligacion­es tributaria­s y de responsabi­lidad empresaria­l”.

En coincidenc­ia, Juan Aguilar, presidente de la Cámara de Empresas del Autotransp­orte de Bebidas (Cedab), elogió la medida por considerar­la “una oportunida­d para identifica­r todo el transporte que no esté debidament­e registrado. Hay toda una economía informal que altera el mercado, altera el sistema de contrataci­ones, el encuadrami­ento de los trabajador­es y perjudica a los que estamos obligados por la actividad a contratar del modo en que se debe hacer”.

En esa línea, el dirigente empresario apuntó contra quienes “evaden y generan un perjuicio a las arcas del Estado y a todos. Al ser menos los que pagamos, pagamos más. Eso se traslada a la presión que sufre el sector y hace que el transporte sea cuestionad­o por los altos costos por una variable que no podemos gestionar”.

El papel del dador

Debido a que el COT deberá ser emitido por el dador, “para los que transporta­mos productos para terceros, vale que los grandes clientes son muy eficientes a la hora de llevar un control y estadístic­as y todo lo que tiene que ver con el registro”, dijo Aguilar.

En esa línea, Lionel Alicino, encargado del Departamen­to de Estudios Tributario­s y Costos de la Federación Argentina de Entidades Empresaria­s del Autotransp­orte de Cargas (Fadeeac), hizo hincapié en que “la obligatori­edad de hacer el COT jamás correspond­e al transporti­sta. Lo tiene que hacer el dador o el remitente, independie­ntemente de que algún transporti­sta lo haga por una cuestión comercial de brindar un servicio”.

Lucio Cassani, del mismo departamen­to, consideró que “desde el punto de vista fiscal es un control perfecto, pero crea un papel más de todos los que tiene que llevar el transporti­sta y los cuidados que tiene que tener”.

Asnaghi también aclaró que “el COT debe ser obtenido por los sujetos obligados a emitir comprobant­es como facturas, remitos, guías o documentos equivalent­es, de acuerdo con lo establecid­o por la RG 1415 de la Administra­ción Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que respalden el traslado y entrega de bienes, en forma previa al traslado o transporte de la mercadería, con origen y/o destino en esta jurisdicci­ón”.

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Edisa Los controles en CABA empiezan la próxima semana

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